La Comisión adopta un paquete de decisiones de infracción debido a la falta de comunicación por parte de los Estados miembros de las medidas adoptadas para incorporar las directivas de la UE al Derecho nacional. La Comisión va a enviar una carta de emplazamiento a los Estados miembros que no han notificado las medidas nacionales de transposición de directivas cuyo plazo de transposición expiró recientemente.En este caso, son 26 los Estados miembros que aún no han notificado las medidas completas de transposición de cinco directivas de la UE en los ámbitos de la justicia, la estabilidad financiera, la energía y el medio ambiente. Los Estados miembros afectados disponen ahora de dos meses para responder a las cartas de emplazamiento y completar su transposición, o la Comisión puede decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión Europea ha decidido incoar un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a España por no haber incorporado plenamente a su Derecho nacional la disposición relativa al pago del subsidio por las dos últimas semanas de permiso parental, tal como exige la Directiva 2019/1158 sobre la conciliación de la vida laboral y familiar.
Esta Directiva establece requisitos mínimos destinados a lograr la igualdad entre hombres y mujeres en lo que respecta a las oportunidades en el mercado laboral y al trato en el trabajo, facilitando la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores que son padres, o cuidadores.
La Directiva entró en vigor en julio de 2019, con dos plazos de transposición distintos. Los Estados miembros tenían hasta el 2 de agosto de 2022 para transponer la mayoría de las disposiciones de la Directiva a su legislación nacional, por ejemplo, la disposición para proporcionar el derecho a dos meses de permiso parental intransferible y adecuadamente remunerado.
La disposición relativa al pago de las dos últimas semanas de permiso parental, sin embargo, debía ser incorporada por los Estados miembros antes del 2 de agosto de 2024.
A fecha de hoy, España no ha comunicado a la Comisión la plena transposición de esta disposición a su Derecho nacional. Por ello, la Comisión envía una carta de emplazamiento a España, que dispone ahora de dos meses para responder y subsanar las deficiencias planteadas por la Comisión.
A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión puede decidir emitir un dictamen motivado.
Más información: Comisión Europea
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