La Comisión Europea ha decidido llevar a Bélgica, Irlanda y España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber notificado las medidas nacionales de plena transposición de los derechos de la UE en materia de conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores [Directiva (UE) 2019/158].
La Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional, adoptada en 2019, es un acto legislativo de importancia que tiene por objeto permitir a los progenitores que trabajan conciliar mejor las facetas privada y profesional de su vida. Establece normas mínimas para el permiso de paternidad, el permiso parental y el permiso para cuidadores, así como el derecho a solicitar fórmulas de trabajo flexible. Estas nuevas normas pretenden facilitar el desarrollo de la carrera profesional y de la vida familiar sin tener que sacrificar ninguna de las dos cosas. La Directiva permite a los progenitores y cuidadores que trabajan cogerse permisos para cuidar de familiares que necesiten cuidados.
El plazo para la transposición de las disposiciones de la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional al Derecho nacional acabó el 2 de agosto de 2022. En septiembre de 2022, la Comisión envió sendas cartas de emplazamiento a los diecinueve Estados miembros que no habían comunicado la plena transposición de la Directiva. En abril de 2023, la Comisión envió dictámenes motivados a los once Estados miembros que aún no habían notificado las medidas nacionales de plena transposición. Estos países disponían de dos meses para tomar las medidas necesarias de acatamiento del dictamen motivado. Bélgica, Irlanda y España todavía no han comunicado las medidas de transposición. Dado que los asuntos se refieren a la no comunicación de las medidas de transposición de una directiva adoptada por el procedimiento legislativo ordinario, la Comisión pedirá al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que imponga sanciones económicas a dichos Estados miembros.
Antecedentes
La Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional, adoptada en 2019, tiene por objeto aumentar i) la participación de las mujeres en el mercado laboral y ii) el disfrute de permisos por motivos familiares y fórmulas de trabajo flexible. La tasa de empleo general de las mujeres en la UE es 10,8 puntos porcentuales inferior a la de los hombres. Además, solo el 68 % de las mujeres con responsabilidades de cuidados desempeña una actividad laboral en comparación con los hombres en la misma situación, que ascienden al 81 %. La Directiva establece los siguientes derechos:
- Permiso de paternidad: El padre tiene derecho a un permiso de paternidad de al menos diez días laborables en torno al momento del nacimiento del hijo. La prestación recibida durante el permiso de paternidad debe alcanzar, como mínimo, el nivel de la prestación por enfermedad.
- Permiso parental: Cada uno de los progenitores tiene derecho a un permiso parental de un mínimo de cuatro meses, dos de los cuales son retribuidos e intransferibles. Los progenitores pueden solicitar el disfrute de su permiso de forma flexible, ya sea a tiempo completo, a tiempo parcial o en múltiples períodos.
- Permiso para cuidadores: Todo trabajador que preste cuidados o ayuda personales a un familiar o a una persona que viva en el mismo hogar tiene derecho a un permiso para cuidadores de cinco días laborables al año como mínimo.
- Fórmulas de trabajo flexible: Todo trabajador progenitor de un hijo de hasta al menos ocho años de edad, así como todo cuidador, tiene derecho a solicitar la reducción del horario laboral, un horario de trabajo flexible y condiciones de flexibilidad en el lugar de trabajo.
La Directiva va unida a la Estrategia Europea de Cuidados, que tiene como objetivo garantizar unos servicios asistenciales de calidad, asequibles y accesibles en toda la Unión Europea y mejorar la situación tanto de los cuidadores (profesionales o informales) como de los receptores de cuidados.
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