La Comisión Europea ha considerado que una compensación de 853,6 millones de euros por servicio público en favor de Corsica Linea y La Méridionale se ajusta a las normas sobre ayudas estatales de la UE. Las medidas francesas compensarán a ambas empresas por la prestación de servicios de transporte marítimo de pasajeros y mercancías entre Marsella y Córcega (Ajaccio, Bastia, Propriano, Porto-Vecchio y L’Île Rousse) en 2023-2030.
La evaluación de la Comisión
En febrero de 2024, la Comisión abrió una investigación en profundidad para evaluar si una compensación por servicio público concedida a Corsica Linea y La Méridionale (solas o conjuntamente) en virtud de cinco contratos de servicio público para el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2030 se ajusta a las normas sobre ayudas estatales de la UE, y en concreto al Marco de Servicio de Interés Económico General («SIEG»).
En particular, la Comisión consideró, con carácter preliminar, que las autoridades francesas debían justificar mejor por qué la inclusión de determinadas obligaciones de servicio público en los cinco contratos de servicio público correspondía a una verdadera necesidad de servicio público. Se trataba, en primer lugar, de la existencia de una necesidad real de transporte de tráfico de mercancías remolcado entre Marsella y los cinco puertos corsos, puesto que el mercado parecía ya capaz de prestar servicios similares a Córcega desde los puertos vecinos de Marsella. En segundo lugar, los contratos de servicio público exigían a los beneficiarios de los contratos el transporte de un volumen mínimo de tráfico de mercancías por travesía entre Marsella y los cinco puertos corsos que podía considerarse desproporcionado en comparación con el volumen de mercancías necesario para satisfacer la demanda de los usuarios de los servicios de transporte.
Tras una investigación en profundidad, la Comisión concluyó que las medidas se ajustan a las normas de la UE sobre ayudas estatales. Las observaciones de Francia y de las partes interesadas aclararon las cuestiones planteadas inicialmente por la Comisión.
In particular, las autoridades francesas demostraron que las fuerzas del mercado por sí solas no podían satisfacer la totalidad de la demanda de los usuarios de flete remolcado entre el puerto de Marsella y los cinco puertos corsos. La Comisión constató en primer lugar que la oferta de mercado entre Marsella y Córcega era irregular e insuficiente. Además, comprobó que, por lo que respecta al transporte de carga remolcada, Marsella sólo era sustituible con los puertos vecinos en una medida limitada. Por lo tanto, la oferta de mercado disponible en los puertos vecinos de Marsella no podía satisfacer toda la demanda de los usuarios que utilizaban el puerto de Marsella para sus intercambios de carga remolcada con Córcega.
La Comisión consideró asimismo que los volúmenes mínimos de carga que debían transportarse fijados por los contratos de servicio público no eran manifiestamente desproporcionados. En particular, constató que las autoridades francesas habían fijado dichos volúmenes teniendo en cuenta la necesidad de evitar cualquier saturación de los buques y garantizar un flujo continuo de las mercancías. Durante la investigación formal, la Comisión examinó detenidamente los datos históricos y las previsiones de tráfico facilitados por Francia. Estos elementos demostraron que existía un grave riesgo de que dicha saturación se produjera de forma regular a lo largo de la duración de los contratos, lo que en última instancia podría perjudicar al buen funcionamiento de los servicios públicos y afectar a las necesidades de los usuarios.
Sobre esta base, la Comisión aprobó las medidas francesas con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE.
Antecedentes
En virtud de las normas sobre ayudas estatales de la UE en materia de compensación por servicios públicos, y en particular del Marco SIEG, adoptado en 2012, las empresas pueden ser compensadas por el coste adicional de la prestación de un servicio público en determinadas condiciones. Esto permite a los Estados miembros conceder ayudas estatales para la prestación de servicios públicos, asegurándose al mismo tiempo de que las empresas no reciban una compensación excesiva, lo que minimiza el falseamiento de la competencia y garantiza un uso eficiente de los recursos públicos.
Para más información
La versión no confidencial de la decisión estará disponible con el número de asunto SA.101557 en el registro de ayudas estatales, en el sitio web de competencia de la Comisión, una vez resueltas las cuestiones de confidencialidad. Las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en Internet y en el Diario Oficial se enumeran en el boletín electrónico Competition Weekly e-News.
Más información: Comisión Europea.
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