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Sentencia de TJUE ante cláusulas contractuales abusivas

Inicio » Noticias UE » Sentencia de TJUE ante cláusulas contractuales abusivas

18 de marzo de 2020

El juez ante el que un consumidor haya invocado que determinadas cláusulas contractuales son abusivas está obligado a verificar de oficio otras cláusulas del contrato que estén vinculadas al objeto del litigio

Si fuera preciso, deberá adoptar diligencias de prueba con el fin de obtener los elementos de hecho y de Derecho necesarios para llevar a cabo esa verificación.

En diciembre de 2007, la Sra. Györgyné Lintner celebró con UniCredit Bank Hungary, un banco húngaro, un contrato de préstamo hipotecario denominado en divisas. Dicho contrato contenía determinadas cláusulas que conferían a UniCredit Bank el derecho a modificar posteriormente su contenido. Más adelante, la Sra. Lintner presentó una demanda ante los tribunales húngaros para que se declarara con efectos retroactivos la invalidez de esas cláusulas en virtud de la Directiva sobre las cláusulas abusivas, la cual establece que las cláusulas abusivas incorporadas a los contratos celebrados entre un consumidor y un profesional no vinculan al consumidor.

En su sentencia, el Tribunal de Justicia precisa que el juez ante el que un consumidor alega que determinadas cláusulas incluidas en un contrato celebrado con un profesional son abusivas no está obligado a examinar de oficio e individualmente el posible carácter abusivo de todas las demás cláusulas de ese contrato que no hayan sido impugnadas por el consumidor.

Más información

Comunicado de prensa CURIA

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