El Consejo adopta dos Reglamentos para reducir gradualmente los gases fluorados y otras sustancias que provocan el calentamiento global y agotan la capa de ozono.
Si bien la legislación vigente de la UE ya ha limitado considerablemente el uso de estos gases y sustancias, las nuevas normas reducirán aún más sus emisiones a la atmósfera y contribuirán en mayor medida a limitar el aumento de la temperatura mundial, en consonancia con el Acuerdo de París.
Gases fluorados
Con las nuevas normas, el consumo de hidrofluorocarburos se habrá eliminado por completo en 2050. Por otra parte, la producción de hidrofluorocarburos, en concreto los derechos de producción asignados por la Comisión, se reducirá progresivamente hasta un mínimo (el 15 %) a partir de 2036. Tanto la producción como el consumo se reducirán progresivamente con arreglo a un calendario estricto con una asignación de cuotas decreciente (anexos V y VII).
El texto introduce la prohibición total de comercializar productos y aparatos que contengan hidrofluorocarburos pertenecientes a varias categorías para las cuales es viable, desde el punto de vista tecnológico y económico, pasarse a alguna alternativa a los gases fluorados, por ejemplo, determinados frigoríficos domésticos, enfriadores, espumas y aerosoles. También establece fechas específicas para completar la eliminación gradual del uso de gases fluorados en el aire acondicionado, las bombas de calor y los conmutadores:
- 2032 para las pequeñas bombas de calor y aire acondicionado de tipo monobloque (<12kW);
- 2035 para los equipos de aire acondicionado y bombas de calor partidos, con plazos más cortos para determinados tipos de sistemas divididos con mayor potencial de calentamiento atmosférico;
- 2030 para la aparamenta eléctrica de media tensión (hasta 52 kV) dependiente de gases fluorados;
- 2032 para la aparamenta eléctrica de alta tensión (>52 kV).
La Unión Europea acuerda reducir gradualmente los gases fluorados y las sustancias que agotan la capa de ozono
|
A más tardar el 1 de enero de 2030, la Comisión revisará las consecuencias y efectos del Reglamento evaluando, en particular, la existencia de alternativas rentables, técnicamente viables y suficientemente disponibles para sustituir los gases fluorados. La Comisión tendrá que evaluar asimismo, de aquí a 2040, la viabilidad de la fecha de 2050 para eliminar progresivamente el consumo de hidrofluorocarburos, así como la necesidad de hidrofluorocarburos en los sectores en los que siguen utilizándose, teniendo en cuenta los avances tecnológicos y la existencia de alternativas.
Sustancias que agotan la capa de ozono
El Reglamento prohíbe casi todos los usos de las sustancias que agotan la capa de ozono, con exenciones estrictamente limitadas.
El texto incluye una exención para el uso de estas sustancias como materia prima para producir otras sustancias. Se encomendará a la Comisión que actualice periódicamente una lista de sustancias que agotan la capa de ozono cuyo uso como materia prima está prohibido. El texto también permite utilizarlas en condiciones estrictas como agentes de transformación, en laboratorios y para la protección contra incendios en aplicaciones especiales, como equipos militares y aviones.
El Reglamento amplía el requisito de recuperar las sustancias que agotan la capa de ozono para su destrucción, reciclado o regeneración para sectores como el de los materiales de construcción (espumas aislantes), los equipos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor, los equipos que contienen disolventes o sistemas de protección contra incendios y de extinción de incendios, así como otros equipos en caso de que sea viable desde el punto de vista técnico y económico.
Más información: Consejo de la UE
Deja una respuesta