El Consejo ha adoptado por unanimidad la decisión de añadir la vulneración de las medidas restrictivas a la lista de «delitos en la UE» incluida en el Tratado de Funcionamiento de la UE.
Pavel Blažek, ministro de Justicia de Chequia: La UE ha respondido con determinación a la guerra no provocada e injustificada de Rusia contra Ucrania. Ha adoptado un número sin precedentes de sanciones contra la economía rusa y ha frustrado su capacidad para continuar con esta agresión. Para tener éxito, su aplicación requiere un esfuerzo conjunto, y la decisión de hoy constituye una herramienta esencial para garantizar que se detenga cualquier intento de eludir estas medidas.
La UE adopta una serie de medidas restrictivas en el contexto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y es fundamental que estas medidas se apliquen plenamente. Actualmente, los Estados miembros tienen definiciones diferentes de lo que constituye un incumplimiento de las medidas restrictivas y de las sanciones que deben aplicarse en caso de incumplimiento. Esto podría provocar que hubiera distintos grados de ejecución de las sanciones y el riesgo eventual de elusión de estas, lo que permitiría a las personas sancionadas seguir accediendo a sus activos y apoyando a los regímenes a los que apuntan las medidas de la UE.
La inclusión de la vulneración de las medidas restrictivas en la lista de «delitos en la UE» es el primero de dos pasos para garantizar un grado similar de aplicación de las sanciones en toda la UE y disuadir los intentos de eludir o violar las medidas de la UE.
La UE introduce excepciones a las medidas restrictivas para facilitar las actividades humanitarias en Ucrania
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Siguientes etapas
Tras la adopción de esta Decisión, la Comisión Europea presentará una propuesta de Directiva que contenga normas mínimas relativas a la definición de las infracciones penales y las sanciones por incumplimiento de las medidas restrictivas de la UE. Este proyecto de Directiva deberá ser debatido y adoptado por el Consejo y el Parlamento Europeo.
Contexto
En virtud del artículo 83, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo pueden establecer normas mínimas relativas a la definición de las infracciones penales y de las sanciones en ámbitos delictivos que sean de especial gravedad y tengan una dimensión transfronteriza. Los ámbitos delictivos actualmente enumerados en dicho artículo son los siguientes: el terrorismo, la trata de seres humanos y la explotación sexual de mujeres y niños, el tráfico ilícito de drogas, el tráfico ilícito de armas, el blanqueo de capitales, la corrupción, la falsificación de medios de pago, la delincuencia informática y la delincuencia organizada.
El 25 de mayo de 2022, la Comisión Europea presentó una propuesta de Decisión en la que proponía ampliar la lista de ámbitos delictivos para incluir el incumplimiento de medidas restrictivas de la UE.
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