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El caso se refiere a la prohibición de una manifestación que el solicitante pretendía realizar. El consiguiente examen judicial eliminó la base jurídica de la prohibición, pero sólo en un momento en que el motivo de la manifestación ya había quedado obsoleto.
[Leer Más]Todos los solicitantes fueron condenados por pertenecer a una organización ilegal. En el momento de presentar sus solicitudes estaban cumpliendo penas de prisión. Los solicitantes escribieron cartas a las autoridades nacionales en las que elogiaban al líder encarcelado del PKK, utilizando el honorífico «sayın», que significa «estimado». De conformidad con el reglamento sobre la administración de las instituciones penitenciarias y la ejecución de las sentencias, todos fueron declarados culpables y condenados cada uno de ellos a once días de reclusión solidaria como medida disciplinaria. Sus solicitudes de apelación fueron rechazadas por los tribunales de ejecución de penas y los tribunales penales, respectivamente.
[Leer Más]La solicitud se refiere a la detención de la demandante con el uso de la fuerza por parte de la policía para impedir que participe en un mitin no autorizado, y a la supuesta falta de una investigación efectiva de su denuncia. Las autoridades investigadoras se negaron a iniciar un procedimiento penal. Se admitió en parte la solicitud de la demandante de una indemnización por daños no pecuniarios y se le concedieron 10.000 rublos rusos.
[Leer Más]los demandantes alegaron, en particular, que las autoridades habían condonado la violencia doméstica de que eran objeto y que el primer demandante había sido objeto de discriminación.
[Leer Más]El demandante alegó, en particular, que había sido detenido ilegalmente sin ninguna razón válida y que su denuncia de malos tratos por parte de los otros detenidos no había sido objeto de una investigación efectiva.
[Leer Más]El caso se refiere al procedimiento de difamación iniciado contra el demandante, que denunció, en virtud del párrafo 1 del artículo 6 de la Convención, la falta de imparcialidad del juez presidente del Tribunal Supremo en el procedimiento de apelación y, en virtud del artículo 10 de la Convención, la violación de su derecho a la libertad de expresión.
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