CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería
Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería
Documentación comunitaria en las áreas de Agricultura, Desarrollo Rural, Pesca, Seguridad Alimentaría y Silvicultura.
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En España, hasta el momento se han notificado un total de 3.488.469 casos confirmados de COVID-19 por PCR y 77.738 fallecidos.
[Leer Más]En España, hasta el momento 3.947.465 personas han recibido la pauta completa de la vacunación contra la COVID-19.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 13 del Reglamento (CE) n.º 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, y del artículo 12, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I).
Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre ZM, en su condición de administrador concursal de Oeltrans Befrachtungsgesellschaft mbH, y E. A. Frerichs, en relación con la reintegración, por parte de esta, de un pago efectuado a su favor por Oeltrans Befrachtungsgesellschaft en virtud de un contrato celebrado entre E. A. Frerichs y una sociedad perteneciente al grupo Oeltrans.
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 5 a 9, del Reglamento (CE) n.º 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.º 295/91.
Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre WZ y Austrian Airlines AG en relación con una solicitud de compensación de las molestias derivadas del desvío de un vuelo a un aeropuerto de destino distinto de aquel para el que se efectuó la reserva pero situado en una misma zona geográfica.
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 98, apartado 2, de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, y con el artículo 6 del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 282/2011 del Consejo, de 15 de marzo de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112.
Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre J. K. y el Dyrektor Izby Administracji Skarbowej w Katowicach (Director de la Administración Tributaria de Katowice, Polonia; en lo sucesivo, «autoridad tributaria»), en relación con los resultados de una inspección fiscal realizada en 2016, relativa al tipo del impuesto sobre el valor añadido (IVA) de las operaciones de venta de alimentos y de comidas preparadas para su consumo inmediato in situ o para llevar, por las cuales J. K. es sujeto pasivo de ese impuesto.
Mediante su recurso, la Comisión Europea solicita al Tribunal de Justicia que declare que la República de Austria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2 y 28, así como del artículo 35, apartado 2, de la Directiva 2004/18/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, en la medida en que Stadt Wien-Wiener Wohnen adjudicó directamente el contrato de 25 de mayo de 2012, relativo al edificio de oficinas ubicado en Guglgasse 2‑4, en Viena (Austria), sin tramitar un procedimiento de licitación y sin comunicar el correspondiente anuncio.
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