El pasado 28 de noviembre la Comisión Europea decidió no admitir una iniciativa ciudadana europea titulada “Referéndum Europeo: ¿Los ciudadanos europeos quieren que el Reino Unido se quede o vaya?»
La iniciativa señala literalmente que: «Todos los ciudadanos europeos deberían poder expresar una opinión política indicando si desean que el Reino Unido permanezca en la Unión Europea».
Los organizadores piden a la Comisión que «apoye esta encuesta de opinión dando a todos los ciudadanos de los 28 Estados miembros la oportunidad de decir si están o no a favor de Brexit”.
La Comisión considera que no se han cumplido las condiciones para el registro de esta iniciativa porque la cuestión no se encuentra dentro del ámbito de competencias de la UE. De conformidad con las condiciones de admisibilidad previstas en el Reglamento sobre la iniciativa ciudadana europea, la acción propuesta debe, para ser aceptada, estar claramente dentro del ámbito de competencia de la Comisión, en virtud de la cual puede presentar una propuesta de acto jurídico.
Además, el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea (TUE) autoriza explícitamente a cualquier Estado miembro a decidir, de conformidad con sus normas constitucionales, retirarse de la Unión. Aunque lamenta la decisión del Reino Unido de abandonar la Unión Europea, la Comisión Europea respeta el resultado del referéndum.
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