La Comisión Europea celebra el acuerdo político alcanzado entre el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE sobre la revisión de los derechos de los pasajeros aéreos en la UE. Este acuerdo histórico supone la primera revisión de estas normas en más de dos décadas. Moderniza y refuerza los derechos de los pasajeros aéreos en la UE al clarificar las disposiciones vigentes y reforzar la seguridad jurídica para los viajeros, las aerolíneas y las autoridades competentes en toda la Unión.

El acuerdo político incluye los siguientes elementos clave: normas más claras sobre los derechos de indemnización por retrasos y los procedimientos de reclamación; circunstancias extraordinarias; transparencia en las tarifas y equipaje de mano; alcance e información para los pasajeros; mejores derechos para los pasajeros con movilidad reducida y discapacidades; y la prohibición de las políticas de no presentación para los vuelos de regreso.
Derechos de indemnización, umbrales y procedimientos de reclamación
Se mantiene el nivel estándar de protección para los pasajeros aéreos: pueden reclamar una indemnización tras una cancelación o un retraso de 3 horas, de 250 € para vuelos de menos de 1500 km, 400 € para vuelos entre 1500 km y 3500 km, y 600 € para vuelos de más de 3500 km. Esto garantiza la continuidad y la previsibilidad tanto para los pasajeros como para las aerolíneas. La principal novedad es que, en caso de interrupción del servicio, las aerolíneas deben informar proactivamente a los pasajeros, en un plazo de 96 horas, sobre sus derechos y el procedimiento para reclamar una indemnización. Para garantizar una gestión más eficiente de las solicitudes de indemnización de los pasajeros, se han simplificado los procedimientos.
Circunstancias extraordinarias
Las circunstancias extraordinarias se recogen en una lista, y las normas sobre su aplicación se han perfeccionado, lo que aporta mayor claridad y previsibilidad tanto a los pasajeros como a las aerolíneas. Esto contribuirá a una interpretación y aplicación más coherentes de las normas sobre circunstancias extraordinarias en todos los Estados miembros.
Transparencia en las tarifas y equipaje de mano
El acuerdo refuerza la transparencia y la comparabilidad de las tarifas aéreas, incluyendo los cargos por equipaje de mano. Los pasajeros podrán comparar mejor las ofertas de diferentes aerolíneas y plataformas de reserva, lo que les permitirá tomar decisiones más informadas. Al mismo tiempo, las aerolíneas conservan la libertad de determinar sus propias estructuras de precios.
Prohibición de la política de no presentarse para los vuelos de regreso.
Se prohíben las políticas de no presentación para vuelos de regreso. Esto significa que a los pasajeros que no realicen el viaje de ida no se les puede negar el embarque en el vuelo de regreso. Las aerolíneas no pueden cobrar ninguna tarifa por permitir que los pasajeros embarquen en el vuelo de regreso.
Alcance e información para pasajeros
El alcance del Reglamento permanece inalterado: todos los vuelos con salida de la Unión Europea están cubiertos, al igual que los vuelos con destino a la UE operados por compañías aéreas de la UE. Para aumentar la transparencia, las aerolíneas de la UE pueden mostrar una etiqueta con la información «Derechos de los pasajeros de la UE», que informa a los pasajeros sobre los derechos que les corresponden durante su viaje.
Mejores derechos para los pasajeros con movilidad reducida y discapacidades.
El acuerdo supone un importante avance en el fortalecimiento de los derechos de los pasajeros con movilidad reducida. Recibirán una mejor asistencia durante las interrupciones del servicio y sus equipos esenciales de movilidad estarán mejor protegidos.
Próximos pasos
El Parlamento Europeo y el Consejo deberán ahora ratificar formalmente el acuerdo político.
Tras su adopción y publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, las normas revisadas se aplicarán transcurridos 12 meses.
Fondo
En 2013, la Comisión propuso revisar el marco normativo de la UE sobre los derechos de los pasajeros aéreos para clarificar la normativa vigente y mejorar su aplicación tanto para los pasajeros como para las compañías aéreas. La jurisprudencia posterior del Tribunal de Justicia de la Unión Europea contribuyó a la interpretación de los derechos de los pasajeros, subrayando la necesidad de una normativa actualizada y coherente en toda la Unión. El acuerdo alcanzado hoy pone fin a las negociaciones llevadas a cabo bajo sucesivas Presidencias del Consejo.
Más información: Comisión Europea.






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