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Visión general
- Función: garantizar la resolución ordenada de bancos en crisis con el menor impacto sobre la economía real y las finanzas públicas de los países de la UE participantes y terceros
- Presidenta: Elke König
- Colaboradores: Parlamento Europeo, Comisión Europea, Banco Central Europeo (BCE), Autoridades Nacionales de Resolución (las ANR) y Autoridad Bancaria Europea (ABE)
- Año de creación: enero de 2015
- Plantilla: (aún en fase de creación) objetivo: máximo 300 a principios de 2017
- Sede: Bruselas (Bélgica)
- Página web: Junta Única de Resolución
La Junta Única de Resolución (JUR) es la nueva autoridad de resolución de la Unión Bancaria Europea. Es un elemento clave de la Unión Bancaria y de su Mecanismo Único de Resolución. Su misión consiste en garantizar la resolución ordenada de bancos en crisis con el menor impacto posible sobre la economía real y las finanzas públicas de los países de la UE participantes y terceros.
Qué hace
Sus principales tareas son:
- Establecer normas y procedimientos habituales para la resolución de las entidades.
- Tomar decisiones sobre las resoluciones en el seno de la Unión Bancaria mediante un procedimiento uniforme para ayudar a mantener la confianza del mercado.
- Establecer unos mecanismos de resolución que comporten credibilidad y viabilidad.
- Eliminar los obstáculos a la resolución para conseguir un sistema bancario más seguro en Europa.
- Minimizar el coste de la resolución y evitar toda destrucción de riqueza que no sea necesaria para alcanzar los objetivos de la resolución.
- Facilitar beneficios importantes a los contribuyentes, bancos y titulares de depósitos.
- Fomentar la estabilidad económica y financiera a escala de la UE.
A quién beneficia
La Junta Única de Resolución podrá actuar de forma proporcional, adecuada y ágil para sentar las bases de recuperación y resolución de los bancos de la zona del euro. Se trata de evitar otros rescates y transferir a los bancos la responsabilidad de la resolución con el coste mínimo para los contribuyentes y la economía real.
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