La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 4, apartado 3, 6, apartados 1 y 5, y 7, apartado 1, de la Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular (DO 2008, L 348, p. 98).
Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre UN y la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra en relación con la permanencia irregular de UN en el territorio español.