Título: Asunto C-854/19. Vodafone. Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 2 de septiembre de 2021
Resumen:La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 6 bis y 6 ter, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) n.º 531/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2012, relativo a la itinerancia en las redes públicas de comunicaciones móviles en la Unión (DO 2012, L 172, p. 10), en su versión modificada por el Reglamento (UE) 2015/2120 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015 (DO 2015, L 310, p. 1) , y de los artículos 2, apartado 2, y 4, apartado 4, del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2286 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la política de utilización razonable y a la metodología para evaluar la sostenibilidad de la supresión de los recargos por itinerancia al por menor, así como sobre la solicitud que debe presentar un proveedor de itinerancia a efectos de tal evaluación (DO 2016, L 344, p. 46)
Fecha publicación: 02-09-2021
Autor: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Código Celex: 62019CJ0854
Link: https://bit.ly/3lgZ2z7
Palabras clave: Procedimiento prejudicial — Comunicaciones electrónicas — Reglamento (UE) 2015/2120 — Artículo 3 — Acceso a una Internet abierta — Artículo 3, apartado 1 — Derechos de los usuarios finales — Artículo 3, apartado 2 — Prohibición de acuerdos y prácticas comerciales que limitan el ejercicio de los derechos de los usuarios finales — Artículo 3, apartado 3 — Obligación de trato equitativo y no discriminatorio del tráfico — Posibilidad de aplicar medidas razonables de gestión del tráfico — Opción tarifaria adicional de “tarifa cero” — Exclusión de la “tarifa cero” en caso de itinerancia
Keywords: Reference for a preliminary ruling – Electronic communications – Regulation (EU) 2015/2120 – Article 3 – Open internet access – Article 3(1) – End users’ rights – Article 3(2) – Prohibition of agreements and commercial practices limiting the exercise of end users’ rights – Article 3(3) – Obligation of equal and non-discriminatory treatment of traffic – Possibility of implementing reasonable traffic management measures – Additional ‘zero tariff’ option – ‘Zero tariff’ excluded in the case of roaming.