Título: Asunto C-379/20 - Udlændingenævnet. Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 2 de septiembre de 2021
Resumen: La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 13 de la Decisión n.º 1/80 del Consejo de Asociación, de 19 de septiembre de 1980, relativa al desarrollo de la Asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía. El Consejo de Asociación fue instituido mediante el Acuerdo por el que se crea una Asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía, firmado en Ankara, el 12 de septiembre de 1963, por la República de Turquía, por una parte, y los Estados miembros de la CEE y la Comunidad, por otra, y concluido, aprobado y confirmado en nombre de la Comunidad en virtud de la Decisión 64/732/CEE del Consejo, de 23 de diciembre de 1963 (DO 1964, 217, p. 3685; EE 11/01, p. 18).
Fecha publicación: 02-09-2021
Autor: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Código Celex: 62020CJ0379
Link: https://bit.ly/3kgJQ5I
Palabras clave: Procedimiento prejudicial — Acuerdo de Asociación CEE-Turquía — Decisión n.º 1/80 — Artículo 13 — Cláusula de standstill — Nueva restricción — Reagrupación familiar de hijos menores de trabajadores turcos — Requisito de edad — Exigencia de razones específicas para acogerse a la reagrupación familiar — Razón imperiosa de interés general — Integración satisfactoria — Proporcionalidad.
Keywords: Reference for a preliminary ruling – EEC-Turkey Association Agreement – Decision No 1/80 – Article 13 – Standstill clause – New restriction – Family reunification of minor children of Turkish workers – Age condition – Requirement of compelling reasons in order to be granted family reunification – Overriding reason in the public interest – Successful integration – Proportionality.