Título: Asunto C-195/21 LB / Smetna palata na Republika Bulgaria
Resumen:
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 58, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DO 2014, L 94, p. 65), en su versión modificada por el Reglamento Delegado (UE) 2017/2365 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2017 (DO 2017, L 337, p. 19) (en lo sucesivo, «Directiva 2014/24»), del artículo 8, apartado 3, del Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO 1995, L 312, p. 1), así como de los principios de seguridad jurídica y de efectividad.
Fecha publicación: 31-03-2022
Autor: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Código Celex: 62021CJ0195
Link: https://bit.ly/3vvdMj3
Palabras clave: Procedimiento prejudicial — Contratación pública — Directiva 2014/24/UE — Aplicabilidad a una situación puramente interna — Artículo 58, apartados 1 y 4 — Criterios de selección — Capacidad técnica y profesional de los licitadores — Protección de los intereses financieros de la Unión Europea — Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/95 — Artículo 8, apartado 3 — Medidas de control — Posibilidad de que las autoridades nacionales que protegen los intereses financieros de la Unión valoren de manera diferente un procedimiento de adjudicación de un contrato público.
Keywords: Reference for a preliminary ruling - Public procurement - Directive 2014/24/EU - Applicability to a purely internal situation - Article 58(1) and (4) - Selection criteria - Technical and professional capacity of tenderers - Protection of the financial interests of the European Union - Regulation (EC, Euratom) No 2988/95 - Article 8(3) - Control measures - Possibility for national authorities protecting the financial interests of the Union to assess a procedure for the award of a public contract differently.