La Comisión Europea ha abierto una investigación en profundidad para evaluar si BMW, Daimler y VW (Volkswagen, Audi, Porsche) realizaron una colusión, incumpliendo las normas antimonopolio de la UE, para evitar la competencia en el desarrollo y despliegue de tecnología para limpiar las emisiones de los turismos a gasolina y diesel
La Comisaria Margrethe Vestager, a cargo de la política de competencia, dijo: “La Comisión está investigando si BMW, Daimler y VW acordaron no competir entre sí en el desarrollo y despliegue de sistemas importantes para reducir las emisiones nocivas de los turismos a gasolina y diesel. Estas tecnologías tienen como objetivo hacer que los turismos sean menos dañinos para el medio ambiente. Si se demuestra, esta colusión puede haber negado a los consumidores la oportunidad de comprar automóviles menos contaminantes, a pesar de que la tecnología está disponible para los fabricantes “.
La investigación exhaustiva de la Comisión se centra en información que indica que BMW, Daimler, Volkswagen, Audi y Porsche, también llamados el “círculo de los cinco”, participaron en reuniones donde debatieron, entre otras cosas, el desarrollo y despliegue de tecnologías para limitar emisiones dañinas de escape de automóviles. .
En particular, la Comisión está evaluando si las empresas se pusieron en colusión para limitar el desarrollo y la implantación de determinados sistemas de control de emisiones para los automóviles vendidos en el Espacio Económico Europeo, a saber:
- Sistemas de reducción catalítica selectiva (‘SCR’) para reducir las emisiones nocivas de óxidos de nitrógeno de los turismos con motores diesel; y
- Filtros de partículas ‘Otto’ (‘OPF’) para reducir las emisiones nocivas de partículas de los turismos con motores de gasolina.
La investigación en profundidad tendrá como objetivo determinar si la conducta de BMW, Daimler y VW puede haber violado las normas antimonopolio de la UE que prohíben los cárteles y las prácticas comerciales restrictivas, incluidos los acuerdos para limitar o controlar el desarrollo técnico (Artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea).
En esta etapa, la Comisión no tiene indicaciones de que las partes se hayan coordinado entre sí en relación con el uso de dispositivos de derrota ilegales para engañar a las pruebas reglamentarias. Y la investigación no presume su culpabilidad
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