El Consejo ha dado luz verde definitivamente a las nuevas normas de la UE que permiten retornos más efectivos de las personas que legalmente no tienen derecho a permanecer en la UE. Tal como se prevé en el planteamiento global de la UE en materia de migración, las nuevas normas, que entrarán en vigor en las próximas semanas, complementan al Pacto sobre Migración y Asilo y contribuirán a que se aplique debidamente.

Las nuevas normas imponen obligaciones a quienes no tengan derecho a permanecer en la UE. Describen los procedimientos a escala de la UE para su retorno, lo que incluye normas más estrictas para el retorno de quienes supongan una amenaza para la seguridad.
Las normas contemplan más herramientas para que los Estados miembros apliquen los retornos. También dejan abierta la posibilidad de que los Estados miembros establezcan centros de retorno en países no pertenecientes a la UE.
Todas las medidas relacionadas con el retorno deben llevarse a cabo respetando plenamente los derechos fundamentales.
Aproximadamente dos de cada tres personas a las que se ha ordenado abandonar la UE en realidad no lo hacen. Las normas revisadas sobre los retornos que se han adoptado hoy ayudarán a los Estados miembros a aplicar eficazmente los retornos rápidos, algo que resulta crucial para plantear la gestión de la migración de una manera común en el marco del Pacto sobre Migración y Asilo. – Jim O’Callaghan, ministro de Justicia, Interior y Migración de Irlanda
Obligaciones de las personas sin derecho de permanencia
Las nuevas normas imponen a los nacionales de terceros países sin derecho a permanecer en los Estados miembros la obligación de abandonar el Estado miembro en cuestión y de cooperar con las autoridades. El incumplimiento de la obligación de cooperar puede dar lugar a sanciones, como la reducción de las prestaciones y los subsidios concedidos de conformidad con el Derecho nacional, la denegación de incentivos concedidos para promover el retorno voluntario, multas o incluso sanciones penales, cuando estén previstas en el ordenamiento jurídico nacional.
Orden europea de retorno y reconocimiento mutuo de las decisiones de retorno
Las nuevas normas introducen la orden europea de retorno, un formulario en el que los Estados miembros deberán consignar los elementos clave de la decisión de retorno. Así, los Estados miembros dispondrán de la información necesaria para reconocer las decisiones de retorno dictadas por otros Estados miembros.
Por el momento, el reconocimiento mutuo de las decisiones de retorno seguirá siendo voluntario y se volverá a evaluar cuando hayan pasado tres años de la entrada en vigor de las nuevas normas. A partir de ahí, la Comisión podrá presentar una propuesta legislativa para hacer obligatorio el reconocimiento mutuo.
Retorno de las personas que planteen riesgos para la seguridad
Las nuevas normas introducen medidas especiales para los nacionales de terceros países que planteen un riesgo para la seguridad. Por ejemplo, los Estados miembros pueden dictar una prohibición de entrada indefinida, cuando esté justificado y sea proporcional al riesgo para la seguridad que plantee, o internar a dichos nacionales de terceros países durante un período superior a 24 meses.
Centros de retorno en países no pertenecientes a la UE
Las nuevas normas permitirán a los Estados miembros devolver a un centro de retorno situado en un país no perteneciente a la UE a las personas que no tengan derecho a permanecer en la UE y para quienes se haya dictado una decisión de retorno. Para ello, se requiere firmar un acuerdo o convenio con el país no perteneciente a la UE de que se trate. Dicho acuerdo o convenio solo podrá celebrarse con un tercer país que respete las normas internacionales en materia de derechos humanos y los principios del Derecho internacional, incluido el principio de no devolución.
Los menores no acompañados quedarán excluidos de dichos acuerdos o convenios.
Siguientes etapas
El Reglamento se publicará el día 1 de octubre en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Se aplicarán inmediatamente varias disposiciones, como las relativas a los centros de retorno. Las disposiciones que requieran trabajos preparatorios se aplicarán un año después de la entrada en vigor.
Más información: Consejo de la Unión Europea






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