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CDE Almería – Centro de Documentación Europea – Universidad de Almería

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Política de asilo: el Consejo impulsa la legislación de la UE sobre países de origen seguros y terceros países seguros

Inicio » Noticias UE » Asuntos Sociales » Demografía y Migración » Política de asilo: el Consejo impulsa la legislación de la UE sobre países de origen seguros y terceros países seguros

10 de diciembre de 2025

El Consejo acordó el 8 de diciembre su posición sobre dos actos legislativos de la UE que reforzarán la aplicación práctica del concepto fundamental de país seguro en las normas de asilo de la UE. Estas nuevas leyes de migración de la UE tienen por objeto establecer procedimientos de asilo más rápidos y eficaces para aquellos que no deben obtener protección dentro de la UE.

El nuevo Reglamento por el que se revisa el concepto de tercer país seguro ampliará las circunstancias en las que una solicitud de asilo puede considerarse inadmisible y rechazarse. El Consejo ha ultimado además un elemento importante del Pacto sobre Migración y Asilo de 2024 aprobando la primera lista común de la UE de países de origen seguros, lo que permitirá que los Estados miembros tramiten las solicitudes de protección internacional con celeridad.

Concepto de tercer país seguro

El concepto de tercer país seguro permite que los Estados miembros de la UE denieguen una solicitud de asilo por considerarla inadmisible (es decir, sin examinar su fondo) cuando el solicitante hubiera podido solicitar y, caso de cumplir los requisitos, también obtener protección internacional en un país no perteneciente a la UE que se considera que es seguro para ellos.

Con arreglo a las normas actualizadas sobre las que ha llegado a un acuerdo el Consejo, los Estados miembros podrán aplicar el concepto de tercer país seguro en los tres casos siguientes:

  • si existe una «conexión» entre el solicitante de asilo y el tercer país, pero el criterio de la conexión ya no será obligatorio para aplicar el concepto de tercer país seguro;
  • si el solicitante ha transitado por el tercer país antes de llegar a la UE;
  • si existe un acuerdo o un convenio con un tercer país seguro que garantice que la solicitud de asilo de una persona vaya a ser examinada. En el caso de los menores no acompañados, no es posible aplicar el concepto de tercer país seguro al amparo de un acuerdo o un convenio.

El solicitante que recurra una decisión de no admisión basada en el concepto de tercer país seguro perderá el derecho automático de permanencia en la UE mientras dure el proceso de recurso, aunque seguirá teniendo derecho a solicitar ante un tribunal que se reconozca su derecho de permanencia.

Lista de la UE de países de origen seguros

El concepto de país de origen seguro permite que los Estados miembros establezcan un sistema especial para examinar las solicitudes de protección internacional. De acuerdo con el Reglamento de 2024 sobre el procedimiento de asilo, adoptado como parte del Pacto sobre Migración y Asilo, los Estados miembros deben aplicar un procedimiento acelerado para los solicitantes procedentes de un país de origen seguro y pueden llevarlo a efecto en la frontera o en las zonas de tránsito.

Las normas sobre el país de origen seguro se basan en la premisa de que se presume que los solicitantes de ese país gozan de protección suficiente contra el riesgo de persecución o de violación grave de sus derechos fundamentales. Los países no pertenecientes a la UE solo pueden ser designados países de origen seguros si tienen un umbral de seguridad elevado.

El Consejo ha acordado que en la UE deben considerarse países de origen seguros los siguientes: Bangladés, Colombia, Egipto, India, Kosovo*, Marruecos y Túnez.

También se consideran países de origen seguros los países candidatos a la adhesión a la UE, a menos que:

  • haya una situación de conflicto armado internacional o interno en el país,
  • se hayan adoptado medidas restrictivas que afecten a los derechos y libertades fundamentales, o
  • el porcentaje de decisiones positivas de las autoridades de los Estados miembros sobre solicitantes de ese país sea superior al 20 %.

La posición del Consejo deja claro que la Comisión debe supervisar la situación en los países candidatos a la adhesión a la UE e informar a los Estados miembros cuando se confirme o deje de confirmarse alguna de esas excepciones.

El Consejo también ha decidido permitir que la Comisión suspenda la consideración de país de origen seguro en UE para todo el país, o solo para partes de su territorio o de su población, cuando esté debidamente justificado. Los Estados miembros podrán seguir teniendo sus propias listas nacionales de países de origen seguros con otros países no pertenecientes a la UE distintos de los que figuran en la lista de la UE.

El Consejo ha refrendado además la propuesta de la Comisión de acelerar la aplicación de determinadas disposiciones del Pacto sobre Migración y Asilo, que antes estaban previstas para junio de 2026.

Siguientes etapas

Los dos acuerdos alcanzados hoy permiten que el Consejo empiece a negociar con el Parlamento Europeo para acordar un texto jurídico definitivo.

Antecedentes

Concepto de tercer país seguro El concepto de tercer país seguro ya forma parte del código normativo de la UE en materia de asilo y migración. Según una cláusula de revisión acordada en el marco del Pacto, la Comisión tenía que revisar las normas a más tardar en junio de 2025 y presentar modificaciones específicas, en su caso.

País de origen seguro: el Reglamento sobre el procedimiento de asilo, que forma parte del Pacto sobre Migración y Asilo, dispone la creación de una lista de la UE de países de origen seguros. A instancias de muchos Estados miembros, la Comisión ya propuso esa lista antes de la entrada en vigor del Pacto.

Para más información: Consejo de la Unión Europea

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