La propuesta modifica varias directivas europeas y modifica las Leyes existentes sobre Mercados de Valores y Servicios de Inversión.
El Pleno de la Cámara de Diputados votará mañana las 8 modificaciones propuestas por el Senado a la Ley del Mercado de Valores y Servicios de Inversión, que tiene por objeto reformar el mercado de valores, los servicios y las actividades de inversión en España con el fin de simplificar las actualmente reguladas y adaptadas asuntos. normativa europea.
La propuesta es una ley básica que reemplaza las regulaciones existentes desde 2015 y combina varias directivas europeas en un solo texto. Su objetivo es modernizar los mercados de valores para que puedan financiar la economía de manera transparente, crear un mejor marco regulatorio para las empresas de servicios de inversión y proporcionar un alto nivel de protección para los depositantes y clientes de servicios financieros.
Con esta reforma se facilitará además la adaptación a las nuevas realidades tecnológicas y económicas y, en particular, a la digitalización, a los nuevos instrumentos y mercados de financiación de las PYMEs (como el mercado BME Growth) y a las nuevas formas de salida a cotización (como las SPAC, empresas que salen a cotizar a bolsa sin actividad y con el objetivo de captar dinero para comprar una compañía).
Artificial intelligence in EU securities markets |
La ley transpone diversas directivas comunitarias y elimina de la legislación vigente en materia de mercado de valores conceptos regidos por normativa europea de aplicación directa. Las instrucciones de transposición son las siguientes:
• Directiva 2019/2177 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2019. Esta Directiva transfiere la autorización y la supervisión de proveedores de servicios de suministro de datos, distintos de los relativos a los sistemas de información autorizados y agentes de publicación autorizados a la Autoridad Europea de Valores y Mercados.
• Directiva 2020/1504 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, que excluye la aplicación de la directiva a mercados de instrumentos financieros y que modifica la directiva relativa a las personas jurídicas autorizadas como proveedores de servicios de financiación.
• Directiva 2021/338 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de febrero de 2021 que, entre otros aspectos, flexibiliza determinados requisitos aplicables a los agentes financieros para facilitar la recuperación económica derivada de la crisis del COVID-19.
• Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo que acompaña a las propuestas de Reglamentos de la UE relativos a los mercados de criptoactivos y designa a la CNMV como autoridad competente para la supervisión de la emisión, oferta y admisión a negociación de determinados criptoactivos.
• Directiva 2019/2034 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativa a la supervisión de las empresas de servicios de inversión.
En caso de que el Pleno apruebe las enmiendas del Senado, concluirá la tramitación parlamentaria de esta propuesta, que quedará lista para su publicación en el BOE y su entrada en vigor.
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