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El presente documento tiene por objeto orientar a los centros sanitarios y a los proveedores de servicios de salud de la UE y el EEE sobre las medidas de prevención y control de la infección (CIP) para el tratamiento de los casos sospechosos y confirmados de infección por COVID-19 en los centros sanitarios, incluidos los de atención a largo plazo.
[Leer Más]El presente documento tiene por objeto orientar a los centros sanitarios y a los proveedores de servicios de salud de la UE y el EEE sobre las medidas de prevención y control de la infección (CIP) para el tratamiento de los casos sospechosos y confirmados de infección por COVID-19 en los centros sanitarios, incluidos los de atención a largo plazo.
[Leer Más]Esta infografía ofrece orientación sobre la prevención y el control de las infecciones en los centros de atención a largo plazo
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 6, apartados 1, letras c) y h), y 4, de la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, en relación con su anexo I, letra A.
Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre EIS GmbH, una empresa alemana de venta en línea, y TO, una de sus competidoras, en relación con el requerimiento, formulado por TO, que ejerce su actividad mercantil como persona física, contra EIS para que pusiera fin a su práctica comercial consistente en omitir en su sitio de Internet su número de teléfono dentro de la información relativa al derecho de desistimiento del consumidor.
[Leer Más]En su discurso de apertura de la Asamblea Mundial de la Salud, el Director General de la OMS, Dr. Tedros, declaró: «Nos hemos reunido como las naciones del mundo para afrontar la crisis sanitaria definitoria de nuestro tiempo». Para concluir, afirmó que la pandemia de COVID-19 nos recuerda que necesitamos un mundo más sano, más seguro y más justo, con una OMS más fuerte para apoyar este objetivo. Los países de todo el mundo han puesto en marcha una serie de medidas sociales y de salud pública para suprimir o detener la propagación de COVID-19 en la comunidad.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto, en esencia, la interpretación de los artículos 1, apartado 2, y 72 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, del artículo 2 sexies, apartado 2, de la Directiva 89/665/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1989, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de los contratos públicos de suministros y de obras, en su versión modificada por la Directiva 2007/66/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2007, del artículo 2 sexies, apartado 2, de la Directiva 92/13/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa a la coordinación de los disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de las normas comunitarias en los procedimientos de formalización de contratos de las entidades que operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones, en su versión modificada por la Directiva 2007/66, y de los artículos 41 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre, por un lado, T-Systems Magyarország Zrt. y BKK Budapesti Közlekedési Központ Zrt. y, por otro, la Közbeszerzési Hatóság Közbeszerzési Döntőbizottság (Comisión arbitral en materia de contratación pública de la Oficina de contratos públicos, Hungría), relativo a las multas que se impusieron a las primeras por modificar, durante su ejecución, el contrato que las vinculaba sin recurrir a nuevos procedimientos de licitación pública.
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