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La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del principio de proporcionalidad, del artículo 49, apartado 3, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y de los artículos 89 y 90 del Reglamento (CE) n.º 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común, se modifican los Reglamentos (CE) n.º 847/96, (CE) n.º 2371/2002, (CE) n.º 811/2004, (CE) n.º 768/2005, (CE) n.º 2115/2005, (CE) n.º 2166/2005, (CE) n.º 388/2006, (CE) n.º 509/2007, (CE) n.º 676/2007, (CE) n.º 1098/2007, (CE) n.º 1300/2008 y (CE) n.º 1342/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 2847/93, (CE) n.º 1627/94 y (CE) n.º 1966/2006 (DO 2009, L 343, p. 1).
[Leer Más]Las peticiones de decisión prejudicial tienen por objeto la interpretación, en el asunto C‑407/19, de los artículos 34 TFUE, 35 TFUE, 45 TFUE, 49 TFUE, 56 TFUE, 101 TFUE, 102 TFUE y 106 TFUE, apartado 1, y, en el asunto C‑471/19, de los artículos 49 TFUE y 56 TFUE, de los artículos 15 y 16 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y del principio de igualdad.
[Leer Más]En España, hasta el momento se han notificado un total de 3.107.172 casos confirmados de COVID-19 por PCR y 66.316 fallecidos.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de la cláusula 5, apartado 2, del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada (DO 1999, L 175, p. 43).
[Leer Más]Mediante su recurso de casación, RFA International LP solicita la anulación de la sentencia del Tribunal General de 15 de noviembre de 2018, RFA International/Comisión (T‑113/15, no publicada, EU:T:2018:783), mediante la que este desestimó su recurso dirigido a la anulación total o parcial de las Decisiones de Ejecución C(2014) 9805 final, C(2014) 9806 final, C(2014) 9807 final, C(2014) 9808 final, C(2014) 9811 final, C(2014) 9812 final y C(2014) 9816 final de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014, relativas a solicitudes de devolución de los derechos antidumping pagados sobre las importaciones de ferrosilicio originario de Rusia.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 11, apartado 1, del anexo VIII del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea.
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