CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería
Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería
Documentación comunitaria en las áreas de Alimentación Ecológica, Ciencia, Economía Circular, Energía, Energías Renovables, Salud Pública, Reciclaje, Sostenibilidad. Contiene también las últimas noticias, mediateca y boletines relacionados con la materia.
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La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la validez del artículo 9 bis del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 282/2011 del Consejo, de 15 de marzo de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2011, L 77, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1042/2013 del Consejo, de 7 de octubre de 2013 (DO 2013, L 284, p. 1) (en lo sucesivo, «Reglamento de Ejecución n.º 282/2011»).
[Leer Más]La presente petición de decisión prejudicial versa sobre la interpretación del artículo 11, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1347/2000 (DO L 338, p. 1), así como los artículos 22 y 24, el artículo 27, apartado 6, y el artículo 28, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo, de 25 de junio de 2019, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y a la sustracción internacional de menores (DO 2019, L 178, p. 1, y corrección de errores DO 2020, L 347, p. 52), interpretados a la luz del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (DO 2013, L 180, p. 31; en lo sucesivo, «Reglamento Dublín III»).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 9, apartado 1, de la Directiva 2008/94/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008, relativa a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario (DO 2008, L 283, p. 36).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de la Directiva 2001/23/CE del Consejo, de 12 de marzo de 2001, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos de empresas, de centros de actividad o de partes de empresas o de centros de actividad (DO L 82, p. 16).
[Leer Más]Este cuadro de mando sobre el retorno sigue una recomendación formulada en el informe del CCI ¿Cómo medir la eficacia del retorno? Pretende ser una herramienta operativa para los profesionales del retorno y los responsables políticos. Ayuda a visualizar los dos indicadores que conforman la tasa de retorno – es decir, las órdenes de salida y los retornos a terceros países – de una manera más completa, por nacionalidad y por Estados miembros.
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