CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería
Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería
Documentación comunitaria en las áreas de Alimentación Ecológica, Ciencia, Economía Circular, Energía, Energías Renovables, Salud Pública, Reciclaje, Sostenibilidad. Contiene también las últimas noticias, mediateca y boletines relacionados con la materia.
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Este informe resume las resentaciones y discusiones del taller sobre «Objetivos de emisiones de CO2 para 2020 posteriores a 2020 para automóviles y camionetas: ¿el nivel de ambición correcto?», Que se organizó para la Comisión ENVI y se llevó a cabo el 27 de marzo de 2018.
[Leer Más]Esta propuesta es el resultado de una evaluación del Programa de Adecuación y Condición Regulatoria, responde a la Iniciativa Ciudadana Europea, Right2Water, y contribuye a cumplir los objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas.
[Leer Más]Durante los años 2020, 2021 y 2022, los Estados miembros tomarán y analizarán muestras de las combinaciones de plaguicidas y productos indicadas en el anexo I. El número de muestras de cada producto, incluidos los alimentos para lactantes y niños de corta edad y los productos procedentes de la agricultura ecológica, será el que figura en el anexo II, quedando derogado el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/555.
[Leer Más]El presente Reglamento aplica el dominio de primer nivel de código de país («ccTLD», por sus siglas en inglés) «.eu» y sus variantes disponibles en otros alfabetos con el fin de respaldar el mercado único digital, crear una identidad de la Unión en línea y promover las actividades en línea transfronterizas. Asimismo, establece las condiciones para su aplicación, incluidas la designación y las características del Registro. El presente Reglamento también establece el marco jurídico y de actuación general con arreglo al que operará el Registro designado.
[Leer Más]El presente Reglamento modifica el R(CE) n.o 924/2009 (5) del Parlamento Europeo y del Consejo, para dar solución a las comisiones aplicadas a los pagos transfronterizos entre los Estados miembros de la zona del euro que se han reducido drásticamente hasta niveles que resultan insignificantes en la inmensa mayoría de los casos.
[Leer Más]El Reglamento modifica en el artículo 2, el apartado 2; el artículo 4, los puntos 2 y 3; el artículo 12, el apartado 3; el artículo 25, apartado 1, la letra b); el artículo 39, apartado 1; el artículo 71, el apartado 2; el artículo 76, el apartado 1.
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