Título: CASE OF SADOCHA v. UKRAINE (Application no. 77508/11)
Resumen:En virtud del artículo 41 del Convenio, el demandante reclamó inicialmente 34.100 euros (EUR) en concepto de daños pecuniarios. Esto incluía la cantidad confiscada, 31.000 euros. Dado que, según el demandante, el dinero confiscado había sido prestado, también reclamó, como parte del daño pecuniario sufrido, 3.100 euros que representaban la pena que había tenido que pagar por el retraso en el reembolso del préstamo. Por último, reclamó 2.000 euros en concepto de daños no pecuniarios.
Fecha publicación: 07-05-2020
Autor: Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Link: https://bit.ly/2A1VUTG
Palabras clave: Artículo 41 - Satisfacción justa - Violación del artículo 1.1 debido a la confiscación desproporcionada de toda la cantidad de dinero no declarada en el cruce de la frontera - Indemnización por daños y perjuicios - El demandante no está obligado a solicitar la reapertura de los procedimientos internos, no indicados por el Tribunal en su sentencia principal, como condición previa para la indemnización por daños y perjuicios - Restitución de la suma confiscada menos la multa máxima alternativamente prevista por la ley para el delito cometido que se considere razonable