Título: CASE OF M.T. AND OTHERS v. SWEDEN (Application no. 22105/18)
Resumen:La solicitud se refiere a la negativa de las autoridades suecas a conceder permisos de residencia a una madre y su hijo, que se encontraban en Siria, sobre la base de sus vínculos familiares con otro hijo/hermano al que se le había concedido protección subsidiaria en Suecia. Los demandantes se quejaban de que la Ley sobre las restricciones temporales a la posibilidad de obtener un permiso de residencia en Suecia (que había entrado en vigor el 20 de julio de 2016 y había permanecido en vigor hasta el 19 de julio de 2019) había suspendido su derecho a la reagrupación familiar en violación del artículo 8 del Convenio, y que la diferencia de trato, en lo que respecta a la reagrupación familiar, de las personas a las que se había concedido el estatuto de refugiado y de las personas (como el segundo demandante) a las que se había concedido el estatuto de protección subsidiaria, había constituido una discriminación contraria al artículo 14 del Convenio en relación con el artículo 8.
Fecha publicación: 20-10-2022
Autor: Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Link: https://bit.ly/3VErKey
Palabras clave: Obligaciones positivas - Vida familiar - Período legal de suspensión temporal de tres años para la reagrupación familiar de las personas con estatuto de protección subsidiaria justificado, que se reduce gradualmente y permite una evaluación individualizada - Los solicitantes sólo están cubiertos de facto por la suspensión durante menos de un año y medio - Suspensión de la reagrupación familiar en circunstancias que no agravan la ruptura de una convivencia esencial - Equilibrio justo entre los intereses en juego - Discriminación - Vida familiar - Trato diferenciado al aplicar el período legal de suspensión temporal de tres años de la reagrupación familiar a las personas con estatuto de protección subsidiaria en comparación con las personas con estatuto de refugiado - Ausencia de consenso europeo e internacional - La apreciación de la "situación análoga o relevantemente similar" debe realizarse a la luz de las circunstancias concretas del caso y del derecho particular invocado - Diferencia de trato impugnada razonable y objetivamente justificada y proporcionada
Keywords: Positive obligations • Family life • Justified temporary statutory three-year suspension period for family reunification of persons with subsidiary protection status, gradually reduced and allowing individualised assessment • Applicants only de facto covered by suspension for less than a year and a half • Suspension of family reunification in circumstances not exacerbating disruption of an essential cohabitation • Fair balance struck between competing interests at stake • Discrimination • Family life • Differential treatment by applying temporary statutory three-year suspension period for family reunification to persons with subsidiary protection status in contrast to persons with refugee status • Absence of European and international consensus • Assessment of “analogous or relevantly similar situation" to be made in the light of specific case circumstances and particular right invoked • Impugned difference in treatment reasonably and objectively justified and proportionate