Título: Case of López Ribalda and others v. Spain (Applications nos. 1874/13 and 8567/13)
Resumen:Los solicitantes sostuvieron que la decisión por la cual la empresa para la que trabajaban los despidió se basó en la videovigilancia implementada en violación de su derecho al respeto de su vida privada, como lo garantiza el artículo 8 de la Convención, y que los tribunales nacionales habían fallado en su obligación de garantizar la protección efectiva de ese derecho. En virtud del artículo 6 de la Convención, se quejaron de la admisión de pruebas durante el proceso de las grabaciones obtenidas por medio de la videovigilancia. Según la misma disposición, los solicitantes tercero, cuarto y quinto se quejaron de la aceptación por parte de los tribunales nacionales de los acuerdos de solución que habían firmado con su empleador.
Fecha publicación: 17-10-2019
Autor: Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Link: https://bit.ly/364ASPJ
Palabras clave: Demandas, Sentencias, (Art. 6) derecho a un proceso equitativo, (Art. 6) proceso civil (Art. 6.1), proceso equitativo (Art. 8), derecho al respeto de la vida privada y familiar (Art. 8) Obligaciones positivas (Art. 8.1) Respeto de la vida privada (Art. 35), condiciones de admisibilidad (Art. 35.1), agotamiento de las vías de recurso internas, España