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Asunto C-610/18 AFMB / Raad van bestuur van de Sociale verzekeringsbank. Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 16 de julio de 2020

Inicio » Fichas » Fondo Digital » Derecho » Asunto C-610/18 AFMB / Raad van bestuur van de Sociale verzekeringsbank. Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 16 de julio de 2020

4 de agosto de 2020

Título: Asunto C-610/18 AFMB / Raad van bestuur van de Sociale verzekeringsbank. Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 16 de julio de 2020
Resumen: La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 14, puntos 1, letra a), y 2, letra a), del Reglamento (CEE) n.º 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad, en su versión modificada y actualizada por el Reglamento (CE) n.º 118/97 del Consejo, de 2 de diciembre de 1996 (DO 1997, L 28, p. 1), y modificado por el Reglamento (CE) n.º 631/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004 (DO 2004, L 100, p. 1), y de los artículos 12 y 13, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, en su versión modificada por el Reglamento (UE) n.º 465/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012 (DO 2012, L 149, p. 4).
Fecha publicación: 16-07-2020
Autor: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Código Celex: 62018CJ0610
Link: https://bit.ly/2EPg9GJ
Palabras clave: Seguridad Social — Procedimiento prejudicial — Trabajadores migrantes — Legislación aplicable — Reglamento (CEE) n.º 1408/71 — Artículo 14, punto 2, letra a) — Concepto de “persona que forma parte del personal itinerante de una empresa” — Reglamento (CE) n.º 883/2004 — Artículo 13, apartado 1, letra b) — Concepto de “empleador” — Conductores de vehículos de transporte por carretera que ejercen normalmente una actividad por cuenta ajena en dos o más Estados miembros o Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) — Conductores de vehículos de transporte por carretera que han celebrado un contrato de trabajo con una empresa pero que están sometidos al poder de dirección efectivo de otra empresa establecida en el Estado miembro de residencia de los conductores — Determinación de la empresa que tiene la condición de “empleador”
Keywords: Reference for a preliminary ruling — Migrant workers — Social security — Legislation applicable — Regulation (EEC) No 1408/71 — Article 14(2)(a) — Concept of ‘person who is a member of the travelling personnel of an undertaking’ — Regulation (EC) No 883/2004 — Article 13(1)(b) — Meaning of ‘employer’ — Long-distance lorry drivers normally employed in two or more Member States or States of the European Free Trade Association (EFTA) — Long-distance lorry drivers who have entered into an employment contract with one undertaking but are subject to the actual authority of another undertaking established in the Member State where those drivers reside — Determination of which undertaking is the ‘employer’.

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