Título: Asunto C-432/18 Consorzio Tutela Aceto Balsamico di Modena / Balema. Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 4 de diciembre de 2019
Resumen:La protección de la denominación completa “Aceto Balsamico di Modena” conferida por el Reglamento (CE) n.o 583/2009 de la Comisión, de 3 de julio de 2009, por el que se inscribe una denominación en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Aceto Balsamico di Modena (IGP)], no se extiende al uso de las palabras comunes ni de los componentes no geográficos de carácter individual, es decir, a los términos “Aceto”, “Balsamico” y “Aceto Balsamico”.
Fecha publicación: 04-12-2019
Autor: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Código Celex: 62018CC0432
Link: https://bit.ly/2s1Anq7
Palabras clave: «Petición de decisión prejudicial — Agricultura — Reglamento (CE) n.o 510/2006 del Consejo — Reglamento (UE) n.o 1151/2012 — Protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen — Artículo 13, apartado 1 — Reglamento (CE) n.o 583/2009 de la Comisión — Registro de la denominación “Aceto Balsamico di Modena (IGP)” — Protección de los componentes de esa indicación»