Título: Asunto C-378/18 Landwirtschaftskammer Niedersachsen / Westphal. Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 3 de octubre de 2019
Resumen: La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación, por una parte, de los artículos 49, apartados 5 y 6, y 52 bis del Reglamento (CE) n.º 2419/2001 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayudas comunitarios introducido por el Reglamento (CEE) n.º 3508/92 del Consejo (DO 2001, L 327, p. 11), en su versión modificada por el Reglamento (CE) n.º 118/2004 de la Comisión, de 23 de enero de 2004 (DO 2004, L 17, p. 7) (en lo sucesivo, «Reglamento n.º 2419/2001»), y, por otra parte, de los artículos 2, apartado 2, y 3, apartado 1, del Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO 1995, L 312, p. 1).
Fecha publicación: 03-10-2019
Autor: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Código Celex: 62018CJ0378
Link: https://bit.ly/2PaPgAi
Palabras clave: Procedimiento prejudicial — Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/95 — Protección de los intereses financieros de la Unión Europea — Artículo 3, apartado 1 — Plazo de prescripción — Reglamentos (CEE) n.º 3887/92 y (CE) n.º 2419/2001 — Sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayudas comunitarias — Devolución de cantidades indebidamente pagadas — Aplicación de la norma de prescripción más leve