Título: Asunto C-363/18 Organisation juive européenne y Vignoble Psagot / Ministre de l'Économie et des Finances. Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 12 de noviembre de 2019
Resumen:La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del Reglamento (UE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1924/2006 y (CE) n.º 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n.º 608/2004 de la Comisión (DO 2011, L 304, p. 18).
Fecha publicación: 12-11-2019
Autor: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Código Celex: 62018CJ0363
Link: https://bit.ly/2XjiKxJ
Palabras clave: Procedimiento prejudicial — Reglamento (UE) n.º 1169/2011 — Información alimentaria facilitada al consumidor — Indicación obligatoria del país de origen o del lugar de procedencia de un alimento cuando su omisión pueda inducir a error al consumidor — Obligación de que los alimentos originarios de territorios ocupados por el Estado de Israel lleven la indicación de su territorio de origen, acompañada, en el supuesto de que provengan de un asentamiento israelí situado en ese territorio, de la indicación de esa procedencia - Asunto C-363/18