Título: Asunto C-3/19 Asmel / A.N.A.C. Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 4 de junio de 2020
Resumen:La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 1, apartado 10, y 11 de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (DO 2004, L 134, p. 114), en su versión modificada por el Reglamento (UE) n.º 1336/2013 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2013 (DO 2013, L 335, p. 17), y de los principios de libre prestación de servicios y de máxima apertura a la competencia en el ámbito de los contratos públicos de servicios. La Directiva 2004/18 fue derogada por la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública (DO 2014, L 94, p. 65).
Fecha publicación:
Autor: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Código Celex: 62019CJ0003
Link: https://bit.ly/2UElENk
Palabras clave: Procedimiento prejudicial — Contratación pública — Directiva 2004/18/CE — Centrales de compra — Pequeños municipios — Limitación a solo dos modelos organizativos públicos de central de compras — Prohibición de recurrir a una central de compra de Derecho privado participada por entidades privadas — Limitación territorial de la actividad de las centrales de compras