Título: Larrañaga Arando y otros v. España - [Traducción al español] del Ministerio de Justicia de España
Resumen:Dado que los solicitantes eran familiares de víctimas de un delito violento perpetrado por grupos terroristas, en virtud de la ley española tienen derecho a obtener un pago de compensación por los asesinatos de sus familiares. De conformidad con la Ley núm. 32/1999, de 8 de octubre de 1999, sobre Solidaridad con las víctimas del terrorismo, se adjudicó a los familiares de los fallecidos una suma global de 23,000,000 de pesetas (138,232.78 euros), excepto aquellos en la solicitud no. 5155/17, que nunca solicitó dicha indemnización en España. De conformidad con la Ley núm. 32/1999, el Estado se subrogó a los derechos de los individuos compensados contra los responsables civiles del ataque terrorista. Para tal efecto, los beneficiarios tuvieron que transferir las acciones legales civiles correspondientes al Estado.
Fecha publicación:
Autor: Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Link: https://bit.ly/2xXKNaf
Palabras clave: Demandas, Sentencias, derecho a un proceso equitativo, presunción de inocencia, condiciones de admisibilidad, art. 6, art. 35.