Los negociadores del Parlamento y el Consejo han llegado a un acuerdo político sobre las actualizaciones de la Ley de Asilo de 2024 relativas a las condiciones de aplicación de las normas sobre terceros países seguros.
El jueves, el equipo negociador de la comisión de Libertades Civiles acordó informalmente con el Consejo nuevas normas en virtud de las cuales los Estados miembros podrán decidir que un país no perteneciente a la UE es un tercer país seguro (TSC) con respecto a un solicitante de asilo que no sea nacional de ese país y, por tanto, podrán declarar inadmisible su solicitud. El acuerdo se basa en una propuesta de la Comisión para actualizar esta disposición del Reglamento sobre el procedimiento de asilo.
Las nuevas normas permitirían a los países de la UE aplicar el concepto de STC en casos individuales en los que se cumpla una de estas tres condiciones:
- existe una conexión entre el solicitante y un tercer país; esta conexión puede considerarse establecida si miembros de la familia del solicitante están presentes en el tercer país en cuestión, si el solicitante permaneció allí anteriormente o si existen vínculos lingüísticos, culturales o similares.
- los solicitantes han transitado por un tercer país de camino a la Unión, donde podrían haber solicitado el efectivo
- cuando exista un acuerdo o convenio bilateral, multilateral o de la Unión con un tercer país para la admisión de solicitantes de asilo.
Tras la celebración de un acuerdo o convenio con un tercer país, los países de la UE deberían tener que informar a la Comisión y a los demás Estados miembros antes de que se apliquen provisionalmente o entren en vigor, lo que ocurra antes. El Parlamento Europeo también debería ser informado de los acuerdos o convenios a nivel de la UE relacionados con el concepto de tercer país seguro.
Los menores no acompañados estarán exentos de la aplicación de las normas sobre terceros países seguros basadas en acuerdos y convenios con terceros países. En los casos de seguridad, las normas relativas a los menores no acompañados se aplicarán según lo acordado en el Reglamento sobre el procedimiento de asilo, incluidas las disposiciones relativas a los procedimientos acelerados y fronterizos.
De acuerdo con la propuesta de la Comisión, los solicitantes no tendrán derecho automático a permanecer en el Estado miembro en el que pidieron asilo mientras se resuelve un recurso contra una decisión de inadmisibilidad.
Cita
En palabras de la ponente Lena Düpont (PPE, Alemania): «Con el Reglamento sobre terceros países seguros, estamos haciendo creíbles y operativas las políticas de migración. Como una de las piezas que faltaban en el Sistema Europeo Común de Asilo, aporta la coherencia que se necesitaba desde hace tiempo y da a los Estados miembros la flexibilidad que necesitan para aplicar el concepto de forma eficaz y coherente. Queremos eliminar obstáculos y garantizar que los procedimientos de asilo, incluidos los de retorno, sean más rápidos, claros y eficaces, lo que es esencial para reducir la migración irregular y aumentar los retornos. Queremos asegurarnos de que se concede protección cuando sea necesario, pero no automáticamente dentro de la UE, si se puede garantizar una protección segura y efectiva en otro lugar. Los ciudadanos esperaban que cumpliéramos, y lo hemos hecho»
Próximos pasos
El acuerdo debe ser adoptado formalmente por el Parlamento y el Consejo antes de que pueda entrar en vigor.
Contexto
El Reglamento sobre el procedimiento de asilo (RPA), adoptado en mayo de 2024 en el marco del Pacto de Migración y Asilo, se aplicará a partir del 12 de junio de 2026.
La aplicación del concepto de tercer país seguro no es obligatoria y no todos los países de la UE lo aplican en la práctica.
Más información: Parlamento Europeo







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