El Consejo ha dado el visto bueno definitivo a un nuevo acto legislativo de la UE que armoniza la definición de corrupción en todos los Estados miembros y establece un nivel común de sanciones para este tipo de delitos. Con medidas para prevenir la corrupción y normas para reforzar su investigación y persecución, el acto fortalecerá la lucha contra la corrupción tanto en el sector público como en el privado.
Esta nueva Directiva de la UE sustituirá dos actos ya existentes de la UE: uno de 2003 relativo a la corrupción en el sector privado y un Convenio de la UE de 1997 relativo a los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de la UE o de sus Estados miembros.
Definición armonizada de los delitos
Las nuevas normas garantizan que los principales delitos de corrupción se definan y se traten de manera similar en toda la UE. Entre ellos se incluyen el cohecho en el sector público y el soborno en el sector privado, la malversación y la apropiación indebida, el tráfico de influencias, la obstrucción a la justicia, el enriquecimiento por delitos de corrupción, el encubrimiento y determinadas violaciones graves relativas al ejercicio ilícito de las funciones públicas.
Sanciones armonizadas
Con arreglo a las nuevas normas de la UE, los Estados miembros deben establecer niveles mínimos comunes de sanciones para los delitos de corrupción, velando por que el nivel que se fije para las sanciones máximas no sea demasiado bajo. Dependiendo del delito, los autores pueden ser condenados a penas de prisión de entre tres y cinco años. Las empresas también se enfrentarán a sanciones, con multas de entre el 3 % y el 5 % de su volumen de negocios mundial total o de entre 24 y 40 millones de euros, dependiendo del delito.
Los Estados miembros también tendrán que crear organismos especializados para prevenir la corrupción y sensibilizar a la opinión pública sobre la corrupción, lo que creará una cultura de integridad.
Normas internacionales
La UE es parte en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que es el instrumento jurídico internacional más completo en este ámbito. La Directiva actualizará el marco legislativo de la UE existente e incorporará normas internacionales vinculantes para la UE, como las de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
Siguientes etapas
La Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la UE. Los Estados miembros dispondrán de 24 meses para incorporar las disposiciones de la Directiva a su ordenamiento jurídico nacional. Se aplica una excepción a las disposiciones sobre las evaluaciones de riesgos y las estrategias nacionales, para las que el plazo es de 36 meses.
Más información: Consejo Europeo.







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