El pasado 19 de noviembre, los representantes de los Estados miembros (Coreper) aprobaron el mandato de negociación del Consejo para una ley de la UE que permitirá poner en marcha una aplicación digital de viaje de la UE. El reglamento establece normas sobre la creación (voluntaria) de credenciales digitales de viaje y cómo utilizarlas al cruzar fronteras exteriores.
La aplicación digital de viaje de la UE permitirá facilitar digitalmente los datos del viaje antes de cruzar la frontera. De este modo, los agentes de fronteras podrán verificar a distancia los documentos de viaje y cotejarlos con las bases de datos fronterizas, policiales y de migración antes de que los viajeros lleguen en persona a un puesto fronterizo. Esto acortará los tiempos de espera y mejorará los controles de seguridad.
La aplicación será un elemento importante en la gestión de las fronteras exteriores. Los viajeros seguirán teniendo que llevar consigo su pasaporte o documento de identidad al cruzar una frontera exterior de la UE.
Backend, componente móvil y enrutador
La aplicación digital de viajes de la UE estará compuesta por un componente móvil (una app móvil), un servicio de validación backend y un router para viajeros. Los tres elementos serán desarrollados ahora por un organismo de la UE (eu-LISA) de acuerdo con los requisitos funcionales y técnicos incluidos en el Reglamento.
El componente móvil permitirá a los viajeros, tanto ciudadanos de la UE como nacionales de terceros países, crear credenciales de viaje digitales (esencialmente una copia digital de los datos almacenados en su pasaporte o documento de identidad). Sin embargo, la creación y el uso de credenciales de viaje digitales seguirán siendo opcionales.
La función backend de la aplicación de viaje digital servirá para verificar electrónicamente el chip de un documento de viaje. Esto es necesario para confirmar que el documento de viaje recreado digitalmente ha sido expedido por una autoridad legítima y que los datos extraídos del chip no han sido alterados desde que se expidió el documento de viaje.
Gracias al encaminador de viajeros, las personas podrán compartir sus credenciales digitales de viaje con las autoridades competentes encargadas de la gestión de fronteras.
Uso en pasos fronterizos
Cualquiera que haya utilizado la aplicación de viaje digital de la UE para crear credenciales de viaje digitales podrá presentar sus documentos de viaje a las autoridades fronterizas con antelación a su viaje. Esto mejorará la eficacia de los controles fronterizos, ya que los guardias de fronteras podrán concentrar su tiempo y recursos en los cruces que hayan marcado como sospechosos con antelación.
Las credenciales de viaje digitales también harán más seguro el espacio Schengen. Será más fácil verificar la autenticidad y corrección de los documentos de viaje, lo que dificultará a los defraudadores el uso de documentos falsos o el paso de fronteras sin ser detectados.
Conexión de los sistemas informáticos de fronteras y viajes de la UE
La UE ha puesto en marcha una serie de sistemas informáticos para facilitar los viajes y reforzar la seguridad de las fronteras. El Consejo quiere que la futura aplicación digital de viajes de la UE desempeñe un papel central cuando los ciudadanos hagan uso de estos sistemas.
Según la posición del Consejo, los viajeros deberían, por ejemplo, poder utilizar sus credenciales digitales de viaje al presentar previamente sus datos de entrada/salida. El sistema digital de entrada y salida de las fronteras entró en funcionamiento en octubre de 2025 y registra digitalmente las entradas, salidas y los datos biométricos y del pasaporte de los nacionales de terceros países que viajan a la UE.
En 2026 se pondrá en marcha el sistema de autorización de viaje ETIAS. Una vez que esté disponible, los viajeros extracomunitarios podrán utilizar las credenciales de viaje creadas en la solicitud digital de viaje para su solicitud ETIAS. Lo mismo ocurrirá al solicitar digitalmente un visado.
Próximos pasos
Con este acuerdo, la Presidencia del Consejo está dispuesta a iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo, una vez que éste haya acordado su posición.
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