El 29 de octubre, la Comisión Europea adoptó sus propuestas de 15 Totales Admisibles de Capturas (TAC), en aguas de la UE del Atlántico y del Skagerrak-Kattegat, para el próximo año. Algunos se prolongan hasta 2027 y 2028. Estas propuestas, basadas en dictámenes científicos del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM), tienen por objeto garantizar la sostenibilidad económica a largo plazo de las pesquerías de la UE.
Posibilidades de pesca propuestas
Este año, el CIEM ha emitido un dictamen científico siguiendo el rendimiento máximo sostenible (RMS) para 11 de los 15 totales admisibles de capturas propuestos. La Comisión propone seguir este dictamen en la mayoría de los casos, con limitadas excepciones para determinadas pesquerías mixtas en las que seguir estrictamente el RMS podría dar lugar a cierres anticipados de las pesquerías. En el caso de los 4 TAC restantes, las recomendaciones del CIEM se ajustan al criterio de precaución. La Comisión propone seguir estas recomendaciones. De estas 15 propuestas, 6 son plurianuales.
| Especie(Periodo del TAC) | Región CIEM | Variación con respecto a la última adopción (%)(base) |
| Rape(2026) | Aguas ibéricas | -2%(RMS) |
| Merluza(2026) | Aguas ibéricas | Vuelco(RMS) |
| Jurel(2026) | Aguas ibéricas | -5%(RMS) |
| Gallos(2026) | Aguas ibéricas | 12%(RMS) |
| Solla europea(2026) | Kattegat | Rollover(RMS) |
| Lenguado común(2026) | Golfo de Vizcaya | -1%(RMS) |
| Merlán(2026 y 2027) | Golfo de Vizcaya | -27%(RMS) |
| Besugo(2026) | Aguas de las Azores | -3%(RMS) |
| Abadejo(2026 y 2027)
Sólo capturas accesorias |
Golfo de Vizcaya | -26%(evitar el cierre anticipado de las pesquerías mixtas) |
| Abadejo(2026 y 2027)
Sólo capturas accesorias |
Cantábrico | -26%(evitar el cierre anticipado de las pesquerías mixtas) |
| Abadejo(2026 y 2027)
Sólo capturas accesorias |
Aguas ibéricas | -26% y -26%(evitar el cierre anticipado de las pesquerías mixtas) |
| Solla (2026, 2027 y 2028) | Golfo de Vizcaya y aguas ibéricas | -20%(criterio de precaución) |
| Lenguado(2026 y 2027) | Aguas ibéricas | -28%(criterio de precaución) |
| Raya ondulada(2026) | Golfo de Vizcaya | Vuelco(criterio de precaución) |
| Rayo ondulado(2026) | Aguas ibéricas | Prórroga(criterio de precaución) |
Véase el cuadro de nuestra exposición de motivos en «Explicación detallada de las disposiciones específicas de la propuesta».
Para garantizar la viabilidad económica de las pesquerías sin comprometer la protección del medio ambiente, la Comisión propone disminuir los TAC de capturas accesorias de abadejo en el Golfo de Vizcaya, en el Mar Cantábrico y en aguas ibéricas. Al disminuir los TAC de capturas accesorias de abadejo, se preservan las poblaciones de abadejo y las pesquerías pueden permanecer abiertas.
El objetivo es evitar un cierre anticipado de las pesquerías mixtas que podría repercutir negativamente en las flotas de los respectivos Estados miembros y se guía por un análisis de los datos pesqueros y socioeconómicos realizado por el Comité Científico, Técnico y Económico de la Pesca (CCTEP) y los niveles de capturas recientes.
Delegación de la fijación de cuotas en los Estados miembros
En el caso de la lubina del Golfo de Vizcaya, la Comisión propone mantener el planteamiento actual, delegando en los Estados miembros respectivos la tarea de fijar las cuotas. La Comisión también propone ajustar el límite conjunto de esas cuotas al valor más bajo del intervalo del RMS, que es el número máximo de peces que puede capturarse sin poner en peligro la población, para proteger el abadejo que se captura accidentalmente cuando se pesca lubina.
Preservar las poblaciones europeas de anguila
Dada la situación crítica en que sigue encontrándose la anguila europea, la Comisión propone mantener las medidas de protección existentes para la anguila. Entre ellas figuran la prohibición durante seis meses de todas las actividades pesqueras relacionadas con la anguila y la prohibición de la pesca recreativa de la anguila en las aguas marinas y salobres de la UE del Atlántico nororiental.
Próximos pasos
Los Ministros de Pesca debatirán la propuesta de la Comisión durante el Consejo AGRIFISH de los días 11 y 12 de diciembre con vistas a alcanzar un acuerdo político sobre los TAC gestionados por la UE para 2026 y, en algunos casos, también para 2027 y 2028. El Reglamento del Consejo debería aplicarse a partir del 1 de enero de 2026.
Antecedentes
Los TAC de las poblaciones de peces gestionadas por la UE son fijados por los Estados miembros de la UE, a propuesta de la Comisión, y se aplican a la mayoría de las poblaciones de peces comerciales, ya sean pescadas exclusivamente por la UE o compartidas con el Reino Unido en el marco de una gestión acordada por la UE.
En virtud de la Política Pesquera Común (PPC), los países de la UE están legalmente obligados a gestionar las poblaciones de peces de acuerdo con el RMS y el criterio de precaución, además de reconstituir las poblaciones agotadas. Así se garantiza que los pescadores de la UE sigan disponiendo de poblaciones de peces sanas en las que basar sus actividades económicas. Así se garantiza que los pescadores de la UE sigan disponiendo de poblaciones de peces sanas en las que basar sus actividades económicas.
Para más información: Comisión Europea





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