El Consejo ha añadido a dos ciudadanos iraníes y a la Dirección de la Seguridad Interior del Ministerio de Inteligencia y Seguridad de dicho país a lista de terroristas de la UE (medidas establecidas en la Posición Común 2001/931/PESC). El Consejo ha aprobado estas inclusiones en el marco de su respuesta a los recientes atentados frustrados en suelo europeo. Las sanciones se aplican a partir de hoy.
Además, a raíz de la revisión semestral de la lista, el Consejo ha prorrogado las medidas restrictivas contra aquellos que ya figuraban en ella. La lista está actualmente compuesta por quince personas y veintiún grupos y entidades.
Se inmovilizan los fondos y otros activos financieros de las personas, grupos y entidades que conforman la lista publicada. Se prohíbe también a los operadores de la UE facilitarles fondos o recursos económicos.
Los actos jurídicos han sido adoptados por el Consejo de Asuntos Generales del 8 de enero de 2019 y se han publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea del 9 de enero.
El régimen de sanciones establecido por la Posición Común 2001/931/PESC es independiente del régimen de la UE por el que se aplican las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1267 (2011), 1989 (2011) y 2253 (2015), dirigidas contra Al Qaeda y el EIIL/Daesh.
La UE también dispone de un régimen que le permite aplicar sanciones de manera autónoma al EIIL/Daesh, a Al Qaeda y a las personas y entidades que están vinculadas a estas organizaciones o que las apoyan, y que actualmente se aplica a tres personas.
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