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La UE y Ucrania alcanzan un acuerdo de principio sobre una relación comercial modernizada

Inicio » Noticias UE » Asuntos Institucionales » Cooperación y Política Exterior » La UE y Ucrania alcanzan un acuerdo de principio sobre una relación comercial modernizada

1 de julio de 2025

La Comisión ha concluido las negociaciones con Ucrania sobre la revisión de la zona de libre comercio de alcance amplio y profundo entre la UE y Ucrania. El acuerdo de principio sobre la revisión de las disposiciones de liberalización comercial del Acuerdo de Asociación marca una nueva fase en el establecimiento de un marco a largo plazo, previsible y recíproco en el contexto más amplio del proceso de adhesión de Ucrania. También tiene plenamente en cuenta la sensibilidad de determinados sectores agrícolas, planteada por los Estados miembros de la UE y los agricultores.

Esta revisión contribuye a la integración gradual de Ucrania en el mercado único de la UE e ilustra que el compromiso de la UE de apoyar a Ucrania es tan firme como siempre. Una vez adoptado, el DCFTA revisado será beneficioso para ambas partes, al proporcionar un marco para la seguridad económica a largo plazo y unas relaciones comerciales estables.

Ursula von der Leyen, Presidenta de la Comisión Europea, ha declarado : «Con este acuerdo modernizado, estamos asegurando los flujos comerciales de Ucrania a Europa y a los mercados mundiales. Y también estamos tendiendo puentes de resistencia y solidaridad económica frente a la injustificada guerra de agresión de Rusia. Al mismo tiempo, seguimos salvaguardando los intereses de nuestros agricultores. El lugar de Ucrania está en la familia. Seguimos comprometidos con una vía de crecimiento y estabilidad mutuos, que conduzca a su plena integración en nuestra Unión.»

Banderas ucrania y Europa

El acuerdo modernizado se articula en torno a tres pilares fundamentales:

  • Igualdad de condiciones: el nuevo acceso al mercado está condicionado a la adaptación gradual de Ucrania a las normas de producción pertinentes de la UE, como el bienestar animal, el uso de plaguicidas y los medicamentos veterinarios. Se espera que Ucrania informe cada año de sus progresos al respecto. Este planteamiento es coherente con la lógica del proceso de adhesión de Ucrania a la UE y la adopción del acervo comunitario.
  • Una sólida cláusula de salvaguardia: ambas partes tendrán la posibilidad de activar un mecanismo de salvaguardia que permita la adopción de medidas adecuadas en situaciones en las que las importaciones puedan causar efectos adversos a cualquiera de las partes. En el caso de la UE, la evaluación de una posible perturbación puede hacerse a nivel de uno o varios Estados miembros.
  • Mejora de los flujos comerciales: el acuerdo revisado establece un equilibrio entre el apoyo al comercio de Ucrania con la UE y la plena consideración de las sensibilidades de determinados sectores agrícolas y partes interesadas de la UE. El acceso al mercado negociado varía: para los productos más sensibles, como el azúcar, las aves de corral, los huevos, el trigo, el maíz y la miel, solo hay aumentos modestos en comparación con el DCFTA original; para otros productos, se han introducido mejoras en beneficio de ambas partes basadas en nuestros mercados complementarios; y, por último, para determinados productos no sensibles, se ha acordado la plena liberalización.

Ambas partes han acordado también estudiar medidas para ayudar a los exportadores ucranianos a llegar a sus mercados tradicionales enterceros países. Además, la UE y Ucrania también han acordado revisar la situación en el contexto de sus avances en la integración económica y sus perspectivas de adhesión.

Próximos pasos

Ambas partes trabajarán ahora para afinar los elementos técnicos del acuerdo. En los próximos días se informará a los Estados miembros y al Parlamento Europeo de los detalles del acuerdo.

A reserva de la revisión jurídica final del acuerdo de principio, la UE y Ucrania procederán ahora con sus respectivos procedimientos para la aprobación formal del DCFTA revisado.

Por parte de la UE, la Comisión adoptará una propuesta de decisión del Consejo para que éste refrende el acuerdo. A continuación, el acuerdo será adoptado formalmente por el Comité de Asociación UE-Ucrania.

Contexto

El Acuerdo de Asociación entre la UE y Ucrania, que incluye una Zona de Libre Comercio de Alcance Amplio y Profundo (ZLCAP), se negoció entre 2007 y 2011, y se firmó el 21 de marzo y el 27 de junio de 2014. La DCFTA eliminó la gran mayoría de todos los aranceles, en particular sobre los productos industriales.

Tras la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, la UE ha concedido a este país facilidades comerciales e instrumentos excepcionales que ofrecen un alto nivel de liberalización unilateral cada año en forma de Medidas Comerciales Autónomas (MCA). Estas estaban en vigor desde el 4 de junio de 2022, y se renovaron dos veces hasta su expiración el 5 de junio de 2025, tras lo cual entraron en vigor medidas transitorias. Junto con las rutas de la solidaridad, las ATM se adoptaron en el contexto de las importantes perturbaciones causadas por la guerra y en contra de la tendencia general a la disminución del comercio global de Ucrania.

La Comisión se ha propuesto sistemáticamente acordar una liberalización arancelaria recíproca a más largo plazo con Ucrania en virtud del artículo 29 del Acuerdo de Asociación UE-Ucrania, garantizando una transición sin fisuras a un nuevo marco en el que todos los acuerdos comerciales se integren en el régimen renovado de la DCFTA.

Más información: Comisión Europea

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