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La Comisión emite opiniones sobre los controles fronterizos internos temporales en el espacio Schengen

Inicio » Noticias UE » Asuntos Sociales » Demografía y Migración » La Comisión emite opiniones sobre los controles fronterizos internos temporales en el espacio Schengen

3 de junio de 2026

La Comisión ha emitido dictámenes sobre la reintroducción temporal de los controles en las fronteras interiores por parte de Austria, Dinamarca, Francia, Alemania, Italia, los Países Bajos, Noruega, Eslovenia y Suecia.

Si bien la legislación de la UE permite la reintroducción temporal de controles en las fronteras internas bajo ciertas condiciones, también exige que la Comisión emita un dictamen cuando dichos controles duren más de 12 meses. Los dictámenes emitidos hoy evalúan la necesidad y la proporcionalidad de los controles en las fronteras internas notificados, así como las medidas alternativas y atenuantes disponibles adoptadas por los Estados miembros para limitar las consecuencias negativas en los viajes transfronterizos. 

La Comisión mantiene su compromiso de defender los principios de libre circulación y seguridad en todo el espacio Schengen. Los dictámenes emitidos hoy incluyen recomendaciones para que los Estados miembros puedan avanzar hacia la eliminación progresiva y el levantamiento gradual de los controles en las fronteras internas .

Principales conclusiones y recomendaciones

Si bien la situación difiere en cada Estado miembro, se pueden destacar una serie de conclusiones clave comunes:

  • Conforme al Derecho de la UE, los Estados miembros tienen derecho a reintroducir de forma excepcional y temporal los controles fronterizos temporales cuando se enfrentan a una grave amenaza para el orden público o la seguridad interior. Los Estados miembros han hecho uso de esta posibilidad debido a preocupaciones genuinas y legítimas relacionadas con las amenazas a la seguridad y la situación migratoria .  
  • La reintroducción de controles en la frontera interior inevitablemente tiene consecuencias para los Estados miembros vecinos. Cuando se reintroducen los controles en la frontera interior, es fundamental que los Estados miembros adopten medidas para limitar cualquier consecuencia negativa para los trabajadores transfronterizos y las comunidades . El diálogo estructurado de la Comisión y el proceso de consulta iniciado por el Coordinador de Schengen con los Estados miembros afectados han contribuido a reducir significativamente los tiempos de espera y a mejorar la coordinación operativa y el intercambio de información.
  • La próxima entrada en vigor del Pacto sobre Migración y Asilo reforzará significativamente las condiciones estructurales necesarias para levantar gradualmente los controles en las fronteras internas. El Pacto reforzará la gestión de las fronteras exteriores de la UE y proporcionará a los Estados miembros herramientas más eficaces para abordar los movimientos no autorizados dentro del espacio Schengen.
  • El Sistema de Entrada y Salida (plenamente aplicable desde abril de este año) y la futura implementación del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS) mejorarán la supervisión de los movimientos a través de las fronteras exteriores de la UE, mejorando significativamente el control de quién entra y sale de la Unión y cuándo y dónde se producen los cruces.  
  • Existen alternativas más eficientes y efectivas a los controles fronterizos internos . En particular, los controles policiales no sistemáticos o las tecnologías de identificación biométrica móvil y seguimiento de vehículos constituyen alternativas eficaces a los controles fronterizos internos.
  • En la mayoría de los casos, los Estados miembros ya utilizan controles basados ​​en el riesgo y no sistemáticos. Estos controles se asemejan a los controles policiales no sistemáticos y podrían sustituirse gradualmente con relativa facilidad por soluciones alternativas . 

En este contexto, la Comisión recomienda que los nueve Estados miembros afectados trabajen para eliminar progresivamente los controles en las fronteras interiores,  haciendo pleno uso de las medidas alternativas disponibles y de la cooperación regional.

Próximos pasos

La Comisión consultará a todos los Estados miembros afectados sobre la mejor manera de poner en práctica estas opiniones y seguirá colaborando con ellos para garantizar que los controles temporales en las fronteras internas no menoscaben la funcionalidad a largo plazo de la libre circulación.  

Fondo

El espacio Schengen contribuye significativamente al buen funcionamiento del mercado interior y a la prosperidad económica de la UE. Al permitirse el libre tránsito de bienes, trabajadores y servicios a través de las fronteras internas, las regiones transfronterizas prosperan y las economías nacionales se benefician de una menor carga administrativa y de economías de escala.

El Código de Fronteras Schengen establece que un Estado miembro puede restablecer los controles en las fronteras internas para hacer frente a una grave amenaza al orden público o a la seguridad interior, cuando sea necesario y proporcionado. En principio, la duración máxima del control en las fronteras internas no podrá exceder de dos años. No obstante, si un Estado miembro considera que existe una situación excepcional importante con respecto a una amenaza grave persistente que justifique la necesidad de mantener el control en las fronteras internas durante un período superior a este máximo de dos años, podrá concederse una prórroga adicional. 

El Código de Fronteras Schengen exige a la Comisión Europea que evalúe si los controles fronterizos internos prolongados (más de 12 meses por el mismo motivo), conforme al artículo 25 bis, apartado 4, son necesarios y proporcionados. Al adoptar los dictámenes de hoy, la Comisión cumple con esta obligación legal.

Más información: Comisión Europea. 

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