Título: Asunto C-540/21 - Comisión Europea contra República Eslovaca
Resumen:Mediante su recurso, la Comisión Europea solicita al Tribunal de Justicia que declare que la República Eslovaca ha incumplido la obligación que le incumbe en virtud del artículo 12, apartados 2, 3, letra b), y 4, de la Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, por la que se modifican el Reglamento (CE) n.º 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE del Consejo (DO 2015, L 326, p. 1), en relación con el artículo 4 de la Directiva 2015/2302, al introducir, mediante la adopción de la zákon č. 136/2020 Z. z (Ley n.º 136/2020 Rec.), de 20 de mayo de 2020 , el artículo 33a en la zákon č. 170/2018 Z. z. o zájazdoch, spojených službách cestovného ruchu, niektorých podmienkach podnikania v cestovnom ruchu a o zmene a doplnení niektorých zákonov (Ley n.º 170/2018 Rec., sobre viajes combinados, servicios turísticos vinculados y determinados requisitos para el ejercicio de la actividad turística, que modifica y completa determinadas leyes), de 15 de mayo de 2018.
Fecha publicación: 08-06-2023
Autor: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Código Celex: 62021CJ0540
Link: https://acortar.link/4xrB6h
Palabras clave: Incumplimiento de Estado — Viajes combinados y servicios de viaje vinculados — Directiva (UE) 2015/2302 — Artículo 12, apartados 2 a 4 — Terminación del contrato de viaje combinado — Circunstancias inevitables y extraordinarias — Pandemia de COVID‑19 — Reembolso de los pagos que el viajero afectado haya realizado por el viaje combinado — Reembolso en forma de una cantidad de dinero o en forma de viaje combinado alternativo — Obligación de reembolsar al viajero en un plazo no superior a 14 días a partir de la terminación del contrato de que se trate — Excepción temporal a esta obligación.
Keywords: Failure of a Member State to fulfil obligations – Package travel and linked travel arrangements – Directive (EU) 2015/2302 – Article 12(2) to (4) – Termination of a package travel contract – Unavoidable and extraordinary circumstances – COVID-19 pandemic – Refund of payments made by the traveller for the package – Refund in the form of a sum of money or in the form of a replacement package tour – Obligation to provide that traveller with a refund not later than 14 days after the relevant contract is terminated – Temporary derogation from that obligation.