Título: Asunto C-407/21 - Union fédérale des consommateurs - Que choisir (UFC - Que choisir) y Consommation, logement et cadre de vie (CLCV) contra Premier ministre y Ministre de l’Économie, des Finances et de la Relance
Resumen:La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 12, apartado 1, de la Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, por la que se modifican el Reglamento (CE) n.º 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE del Consejo (DO 2015, L 326, p. 1).
Fecha publicación: 08-06-2023
Autor: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Código Celex: 62021CJ0407
Link: https://acortar.link/f5P8yV
Palabras clave: Procedimiento prejudicial — Viajes combinados y servicios de viaje vinculados — Directiva (UE) 2015/2302 — Artículo 12, apartados 2 a 4 — Terminación de los contratos de viaje combinado — Circunstancias inevitables y extraordinarias — Pandemia de COVID‑19 — Reembolso de los pagos que el viajero interesado haya realizado por un viaje combinado — Reembolso en forma de un importe en efectivo o reembolso equivalente en forma de un bono — Obligación de reembolsar a ese viajero en un plazo no superior a catorce días después de la terminación del contrato en cuestión — Exoneración temporal de dicha obligación — Modulación de los efectos en el tiempo de una resolución que se adopta de conformidad con el Derecho nacional por la que se anula una normativa nacional contraria a la referida obligación.
Keywords: Reference for a preliminary ruling – Package travel and linked travel arrangements – Directive (EU) 2015/2302 – Article 12(2) to (4) – Termination of a package travel contract – Unavoidable and extraordinary circumstances – COVID-19 pandemic – Refund of payments made by the traveller concerned for a package – Refund in the form of a sum of money or equivalent refund in the form of a credit note (‘voucher’) – Obligation to provide that traveller with a refund not later than 14 days after the relevant contract is terminated – Temporary derogation from that obligation – Adjustment of the temporal effects of a decision which is taken in accordance with national law and which annuls national legislation that is contrary to that obligation.