El 1 de diciembre, el Consejo acordó su posición sobre un Reglamento que pretende ampliar el ámbito de aplicación del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para los Trabajadores Desplazados (FEAG), extendiendo el apoyo a los trabajadores que se enfrentan al desempleo. Las nuevas normas se aplicarían hasta finales de 2027, cuando expira el actual programa del FEAG.
La finalidad del FEAG es mostrar solidaridad con los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia que han perdido su empleo debido a la reestructuración de empresas, ayudándoles a reincorporarse al mercado laboral.
Las medidas de apoyo que pueden beneficiarse de la financiación del FEAG incluyen medidas de política activa del mercado de trabajo orientadas a dotar a los trabajadores de las capacidades necesarias para cambiar de función o encontrar empleo, y pueden incluir formación, certificación de capacidades, ayuda en la búsqueda de empleo o asesoramiento profesional. En la actualidad, este tipo de apoyo se reserva a las personas que ya han sido despedidas como consecuencia de una reestructuración.
Sin embargo, los despidos provocados por las reestructuraciones suelen producirse en oleadas, lo que significa que las personas que corren el riesgo de ser despedidas también necesitan acceder al apoyo a la formación y se beneficiarían de recibirlo en una fase más temprana, antes de ser despedidas.
Con el Reglamento revisado, los trabajadores que corran un riesgo inminente de perder su empleo como consecuencia de una reestructuración de la empresa también tendrán acceso a las ayudas del FEAG, para reducir la tasa de despidos y ayudar a los trabajadores en la transición a nuevas funciones.
Posición del Consejo
El Consejo ha tratado de aclarar el ámbito de aplicación del Reglamento revisado, garantizando que los trabajadores en riesgo de despido inminente tengan acceso a apoyo en una fase más temprana del proceso.
La posición del Consejo también garantiza suficientes salvaguardias, como la posibilidad de que los Estados miembros realicen comprobaciones previas en relación con la capacidad financiera y administrativa de las empresas. La Comisión tendría entonces que tener en cuenta estas comprobaciones a la hora de tomar una decisión. Los Estados miembros también tendrían la posibilidad de asignar la prefinanciación a las empresas en tramos.
Por otra parte, el Consejo ha querido limitar la carga administrativa del Reglamento revisado especificando que la Comisión deberá elaborar orientaciones no vinculantes tanto para los Estados miembros como para las empresas.
En cuanto a la determinación de la contribución financiera, el Consejo ha actualizado la propuesta legislativa de la Comisión para establecer un límite máximo de cuatro millones de euros al año para cualquier empresa. El objetivo es reducir el riesgo de que una sola empresa agote los recursos del FEAG, garantizando la disponibilidad de financiación en todos los Estados miembros.
Próximos pasos
Una vez que el Parlamento Europeo haya fijado su posición, las dos instituciones entablarán negociaciones para acordar el texto definitivo.
Antecedentes
El 1 de abril de 2025, la Comisión adoptó una propuesta de modificación del Reglamento (UE) 2021/691 (Reglamento relativo al Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para los Trabajadores Desplazados) en lo que respecta al apoyo a los trabajadores afectados por el desplazamiento inminente de su puesto de trabajo en empresas en reestructuración.
La Comisión anunció por primera vez su intención de modificar el Reglamento FEAG en el Plan de acción industrial para el sector europeo del automóvil, publicado el 5 de marzo de 2025 como parte de las acciones de la Comisión para apoyar a sectores industriales como el del automóvil y el acero en el contexto de las perturbaciones económicas y los retos geopolíticos.
La revisión se presentó junto con una propuesta de modificación del Fondo Social Europeo Plus (FSE ), que es el principal instrumento de la UE para invertir en las personas y apoyar la aplicación del Pilar Europeo de Derechos Sociales. El 15 de julio de 2025, el Consejo y el Parlamento alcanzaron un acuerdo provisional sobre la revisión del FSE como parte de la revisión intermedia en curso de la política de cohesión de la UE.
Para más información: Consejo Europeo







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