El pasado 25 de febrero, la Comisión Europea y el Reino Unido firmaron el Acuerdo de Cooperación en materia de Competencia entre la UE y el Reino Unido. El acuerdo establece un marco nuevo y claro para la cooperación en materia de competencia entre, por un lado, la Comisión y las autoridades de competencia de los Estados miembros de la UE y, por otro, la Autoridad de Competencia y Mercados del Reino Unido. Se trata del primer acuerdo específico entre la UE y el Reino Unido centrado íntegramente en la cooperación en materia de competencia tras la salida del Reino Unido de la Unión.
El acuerdo establece principios claros de cooperación para garantizar una interacción fluida entre la UE y el Reino Unido en materia de competencia. Por ejemplo, la UE y el Reino Unido se notificarán mutuamente las investigaciones importantes en materia de competencia y fusiones y coordinarán sus esfuerzos cuando sea necesario. Además, el acuerdo establece la obligación de las autoridades de competencia de proteger la confidencialidad de la información compartida. Seguirá siendo necesario el consentimiento de las empresas que hayan facilitado la información confidencial antes de compartirla entre las autoridades de competencia.
El Acuerdo de Cooperación en materia de Competencia será un «acuerdo complementario» al Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido, que establece en términos más generales la base para la cooperación y la coordinación en materia de competencia, al tiempo que prevé la posibilidad de celebrar un acuerdo separado sobre cooperación en materia de competencia.
Con la firma del Acuerdo de Cooperación en materia de Competencia entre la UE y el Reino Unido el pasado 25 de febrero, la UE y el Reino Unido dan un paso más en la aplicación del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido.
Próximos pasos
El acuerdo entrará en vigor una vez que tanto la UE como el Reino Unido hayan finalizado sus procedimientos de ratificación.
Se invita ahora al Consejo de la UE a que adopte una decisión para celebrar el Acuerdo de cooperación en materia de competencia entre la UE y el Reino Unido, que también requerirá el consentimiento del Parlamento Europeo. La decisión del Consejo marcará la finalización del proceso interinstitucional de la UE.
Contexto
La UE tiene acuerdos de cooperación en materia de competencia con los Estados Unidos (1991), Canadá (1999), Japón (2003), Corea del Sur (2009) y Suiza (2013). Estos acuerdos establecen cómo puede cooperar la UE con las autoridades de competencia de diferentes jurisdicciones.
Para más información: Comisión Europea







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