La Comisión Europea acogió con satisfacción el acuerdo político provisional alcanzado entre el Parlamento Europeo y el Consejo el pasado 18 de junio sobre la propuesta de la Comisión para simplificar y reforzar el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM) de la UE.
El 26 de febrero de 2025, la Comisión propuso simplificaciones del Reglamento CBAM para reducir las cargas administrativas de las empresas, manteniendo al mismo tiempo la funcionalidad de la medida CBAM. El aspecto clave de la propuesta es un nuevo umbral de exención de 50 toneladas para las mercancías CBAM. Esto significa que las empresas que no superen un umbral único basado en la masa, fijado en un nivel de 50 toneladas de mercancías importadas por importador y año, estarán exentas de las obligaciones CBAM. Por tanto, la medida propuesta se aplicará sobre todo a las PYME y a los particulares que importen cantidades pequeñas o insignificantes de mercancías cubiertas por el Reglamento CBAM. Como resultado del Acuerdo Industrial Limpio, es una contribución importante para impulsar la competitividad de la UE y liberar todo nuestro potencial económico y capacidad de inversión.
La simplificación pretende aportar mejoras rentables al cumplimiento del Reglamento CBAM, sin comprometer sus objetivos climáticos. Alrededor del 99% de las emisiones de los productos CBAM importados seguirían estando cubiertas. El objetivo general es reducir la carga reglamentaria y administrativa, así como los costes de cumplimiento para las empresas de la UE, especialmente las PYME.
Además, la propuesta contienevariassimplificaciones para todos los importadores de mercancías CBAMpor encima del umbral. Se trata, en particular, del procedimiento de autorización, los procesos de recogida de datos, el cálculo de las emisiones incorporadas, las normas de verificación de las emisiones, el cálculo de la responsabilidad financiera de los declarantes CBAM autorizados (partes que desean importar mercancías sujetas a la CBAM) durante el año de importación en la UE, y la reclamación por parte de los declarantes CBAM autorizados de los precios del carbono pagados en terceros países.
Próximas etapas
El Parlamento Europeo y el Consejo deben ahora adoptar formalmente el paquete antes de que pueda entrar en vigor. Entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE.
La CBAM se encuentra actualmente en su fase transitoria de aprendizaje. Su fase definitiva comienza el 1 de enero de 2026.
Esta simplificación es un primer paso necesario antes de una revisión más exhaustiva de la CBAM que se llevará a cabo a finales de este año e irá acompañada de una propuesta legislativa que amplíe la CBAM a los productos derivados e introduzca medidas adicionales contra la elusión. La Comisión también estudia cómo prevenir el riesgo de fuga de carbono en las exportaciones de productos CBAM. La propuesta de simplificación de la CBAM forma parte del paquete de simplificación «Ómnibus I» de la Comisión, presentado el 26 de febrero de 2025. Encontrará más información en el sitio web de la CBAM y en las preguntas y respuestas de Omnibus I y II.
Más información: Comisión Europea
Deja una respuesta