Los ministros de Pesca han alcanzado un acuerdo político sobre las posibilidades de pesca en el Atlántico, el Mar del Norte, el Mediterráneo, el Mar Negro y otras aguas para 2026 y para determinadas poblaciones para 2027 y 2028. El acuerdo, alcanzado tras dos días de negociaciones, establece límites de capturas pesqueras, conocidos como «totales admisibles de capturas» (TAC), y límites de esfuerzo pesquero para las poblaciones de peces comerciales más importantes. El esfuerzo pesquero se refiere al tamaño y la potencia del motor de un buque combinados con el número de días dedicados a la pesca.
El acuerdo político en detalle
Las poblaciones cubiertas por las dos propuestas son las que la UE gestiona por sí misma, conjuntamente con países vecinos no comunitarios o mediante acuerdos alcanzados en organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP).
Tras la retirada del Reino Unido de la UE, las poblaciones de peces gestionadas conjuntamente por la UE y el Reino Unido se consideran recursos compartidos con arreglo al Derecho internacional. De conformidad con el Acuerdo de Comercio y Cooperación UE-Reino Unido, las partes celebran conversaciones anuales para acordar los límites de capturas y otras medidas para las poblaciones compartidas. Estas conversaciones concluyeron con éxito, y el resultado del acuerdo UE-Reino Unido se aprobó antes del Consejo de Agricultura y Pesca. El acuerdo político de hoy integra el resultado del acuerdo UE-Reino Unido en el reglamento principal para el Atlántico y el Mar del Norte.
Las consultas trilaterales sobre poblaciones compartidas entre la UE, el Reino Unido y Noruega también concluyeron con éxito antes de la reunión del Consejo. Los límites de capturas y otras medidas acordadas para esas poblaciones también forman parte del acuerdo político global alcanzado por el Consejo.
Atlántico y Mar del Norte
Para el Atlántico y el Mar del Norte, el acuerdo abarca 24 TAC gestionados de forma autónoma por la UE.
A raíz de los dictámenes científicos positivos y de la mejora del estado de las poblaciones, los ministros acordaron aumentar los límites de capturas de las siguientes poblaciones:
- gallo ( 12%) en el sur del Golfo de Vizcaya, aguas portuguesas y Azores, aguas alrededor de Madeira y Canarias
- Cigala en el Golfo de Vizcaya, excepto al sur ( 54%)
Para salvaguardar las poblaciones, en consonancia con los dictámenes científicos y buscando al mismo tiempo un equilibrio con las consideraciones socioeconómicas, los ministros acordaron reducir los límites de capturas para:
- lenguado común en el Kattegat y el Mar Báltico oriental y occidental (-45%) y en el Golfo de Vizcaya, norte y centro (-1%)
- jurel en aguas portuguesas (-5%)
- abadejo en el Golfo de Vizcaya, aguas portuguesas y Azores, aguas de Madeira y Canarias (-13%)
- Cigala en aguas portuguesas, Azores, Madeira y Canarias (-23%)
- rape en el sur del Golfo de Vizcaya, aguas portuguesas y Azores, aguas alrededor de Madeira y Canarias (-1%)
Dado que las consultas sobre la caballa entre los Estados ribereños del Atlántico nororiental siguen en curso, los ministros han acordado límites provisionales de capturas para el primer semestre de 2026, de conformidad con los dictámenes científicos (-70%) y a la espera de un acuerdo sobre un TAC. Dada la estacionalidad de la pesquería de caballa, fijó los límites provisionales de capturas en el 90% del nivel aconsejado.
En cuanto a las poblaciones afectadas por las consultas bilaterales anuales UE-Noruega, los ministros de la UE también acordaron límites provisionales de capturas para 2026, a la espera de la firma de un registro acordado.
Mediterráneo y Mar Negro
Por lo que respecta al Mediterráneo occidental, los ministros han acordado mantener el nivel de esfuerzo pesquero de 2025 para los arrastreros en aguas españolas, francesas e italianas.
Para mitigar el impacto socioeconómico a corto plazo y recompensar las prácticas más selectivas, los ministros acordaron mantener, de forma ligeramente ajustada, el uso del mecanismo de compensación. Se estableció por primera vez para 2022 con el fin de asignar días adicionales a los operadores que opten por artes más selectivos o que estén cubiertos por una medida nacional de conservación, como incentivo para aumentar la protección de la población.
Las medidas acordadas por el Consejo contribuirán a reducir la mortalidad por pesca, al tiempo que minimizarán el impacto socioeconómico en el sector.
El Consejo también ha acordado mantener los límites de capturas de 2025 para la gamba azul y la gamba roja, tanto en aguas españolas y francesas como en aguas italianas y francesas. Lo mismo se decidió para la gamba roja gigante, en aguas italianas y francesas.
En el Mar Negro, el Consejo ha acordado un TAC ligeramente inferior al de 2025 en el caso del rodaballo, que incluye un traspaso de la cuota de rodaballo de la UE no utilizada de 2024. También ha acordado mantener el periodo de veda para la pesca del rodaballo del 15 de abril al 15 de junio.
En el caso del espadín, se ha producido una prórroga con respecto al año pasado.
Próximos pasos
Tras la revisión jurídica y lingüística de los textos, el Consejo adoptará los reglamentos en una próxima sesión. A continuación se publicarán en el Diario Oficial y serán aplicables a partir del 1 de enero de 2026.
Contexto
La fijación de TAC y cuotas es un ejercicio anual que realiza el Consejo de Agricultura y Pesca en diciembre. Los ministros buscan un acuerdo político sobre los límites de capturas y el esfuerzo pesquero de las poblaciones de peces comerciales para los años siguientes, junto con las cuotas de los Estados miembros para cada especie.
El acuerdo político se basa en propuestas elaboradas por la Comisión y tiene en cuenta los mejores dictámenes científicos disponibles del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) y del Comité Científico, Técnico y Económico de la Pesca (CCTEP).
También respeta los objetivos de la Política Pesquera Común (PPC), a saber, garantizar que la pesca de la UE sea sostenible desde el punto de vista ecológico, económico y social. Además, tiene en cuenta los planes plurianuales de la UE para diversas cuencas marítimas y aplica las decisiones adoptadas en las organizaciones regionales de gestión de la pesca.
Más información: Consejo de la UE







Deja una respuesta