Título: CASE OF X AND OTHERS v. IRELAND (Applications nos. 23851/20 and 24360/20)
Resumen:La cuestión en el presente asunto es si el requisito establecido en la legislación nacional, como condición para tener derecho a la prestación por hijos a cargo, de que el progenitor resida legalmente discrimina a los solicitantes que se encuentran legalmente en el Estado pero a los que todavía no se ha concedido, o reconocido, el derecho a residir en él. Los demandantes invocan el artículo 8 del Convenio y el artículo 1 del Protocolo nº 1 del Convenio, en relación con el artículo 14.
Fecha publicación: 22-06-2023
Autor: Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Link: https://n9.cl/ewla4
Palabras clave: Discriminación - Disfrute pacífico de las posesiones - Denegación no discriminatoria de la prestación universal por hijos a cargo a dos madres, que se encontraban legalmente en el Estado, por incumplimiento del criterio de residencia habitual establecido en el Derecho interno - La prestación por hijos a cargo controvertida constituye un interés patrimonial comprendido en el ámbito del art. 1 P1 - Los demandantes, a la vista de los elementos de hecho y de Derecho de su situación en el momento de los hechos, no se encontraban en una posición relevantemente similar a la de las personas que tenían la condición de residentes legales - Ratione materiae - Aplicación de los criterios establecidos en el asunto Beeler/Suiza [CG] - El objetivo de la prestación por hijos a cargo controvertida "no fomenta la vida familiar ni afecta a la forma en que se organizó", de modo que entra en el ámbito de aplicación del art. 8 - La prestación no afecta, al menos parcialmente, a los intereses de la familia. Suiza [GC] - Finalidad prevista de la prestación por hijos a cargo "no promover la vida familiar y afectar a la forma en que ésta se organizaba" de modo que quedara comprendida en el ámbito de aplicación del artículo 8 - Prestación que no afecta, al menos parcialmente, a la organización por los demandantes de aspectos clave de su vida cotidiana - El Tribunal no puede concluir que la prestación, dada la apreciación del Tribunal Supremo de su fundamento jurídico, naturaleza y finalidad, representara una modalidad del ejercicio por los demandantes de su derecho al respeto de la vida familiar.
Keywords: Discrimination • Peaceful enjoyment of possessions • Non-discriminatory denial of universal statutory child benefit to two mothers, lawfully present in the State, for non-fulfilment of domestic law habitual residence criterion • Child benefit in issue a proprietary interest falling within ambit of Art 1 P1 • Applicants, in view of legal and factual elements of their situation at the material time, not in a relevantly similar position to persons having legal resident status • Ratione materiae • Application of criteria set down in Beeler v. Switzerland [GC] • Intended purpose of child benefit in issue “not to promote family life and affect the way in which it was organised” such as to fall within ambit of Art 8 • Benefit not affecting, at least partially, applicants’ organisation of key aspects of their daily life • Court unable to conclude that the benefit, given Supreme Court’s assessment of its statutory basis, nature and purpose, represented a modality of the applicants’ exercising of their right to respect for family life