Título: Asunto C-686/18 OC y otros / Banca d'Italia y otros. Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 16 de julio de 2020
Resumen:La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 3, 63 y siguientes y 107 y siguientes del Tratado FUE; de los artículos 16 y 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea; del artículo 29 del Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012 (DO 2013, L 176, p. 1); del artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) n.º 1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades de crédito (DO 2013, L 287, p. 63); así como del artículo 10 del Reglamento Delegado (UE) n.º 241/2014 de la Comisión, de 7 de enero de 2014, por el que se completa el Reglamento n.º 575/2013 en lo relativo a las normas técnicas de regulación aplicables a los requisitos de fondos propios de las entidades (DO 2014, L 74, p. 8).
Fecha publicación: 16-07-2020
Autor: Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Código Celex: 62018CJ0686
Link: https://bit.ly/2PmODT0
Palabras clave: Competencia - Procedimiento prejudicial — Admisibilidad — Artículos 63 TFUE y siguientes — Libre circulación de capitales — Artículos 107 TFUE y siguientes — Ayudas de Estado — Artículos 16 y 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Libertad de empresa — Derecho de propiedad — Reglamento (UE) n.º 575/2013 — Requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión — Artículo 29 — Reglamento (UE) n.º 1024/2013 — Artículo 6, apartado 4 — Supervisión prudencial de las entidades de crédito — Tareas específicas encomendadas al Banco Central Europeo (BCE) — Reglamento Delegado (UE) n.º 241/2014 — Normas técnicas de regulación aplicables a los requisitos de fondos propios de las entidades — Normativa nacional que establece un límite máximo a los activos de los bancos populares constituidos como sociedades cooperativas y que permite limitar el derecho al reembolso de las acciones de los socios que causan baja
Keywords: Competition - Reference for a preliminary ruling — Admissibility — Article 63 et seq. TFEU — Free movement of capital — Article 107 et seq. TFEU — State aid — Articles 16 and 17 of the Charter of Fundamental Rights of the European Union — Freedom to conduct a business — Right to property — Regulation (EU) No 575/2013 — Prudential requirements applicable to credit institutions and investment firms — Article 29 — Regulation (EU) No 1024/2013 — Article 6(4) — Prudential supervision of credit institutions — Conferral of specific tasks on the European Central Bank (ECB) — Delegated Regulation (EU) No 241/2014 — Regulatory technical standards for Own Funds requirements for institutions — National regulation imposing an asset threshold on people’s banks established as cooperative societies and allowing the right to redeem shares by the withdrawing shareholder to be limited.