La Comisión ha adoptado dos medidas para apoyar el papel esencial que desempeñan los inversores institucionales, como bancos y aseguradoras, en la financiación de la economía de la UE.
Estas medidas cumplen la hoja de ruta establecida en la estrategia dela Unión de Ahorros e Inversiones (UEA) y contribuyen a los objetivos más amplios de la UE de apoyar la inversión privada, mejorar la integración de los mercados de capitales y reforzar la competitividad de Europa a largo plazo, en beneficio de las empresas y los hogares de la UE.
Su objetivo es impulsar las inversiones de capital de bancos y aseguradoras, incluso cuando estas inversiones se realizan junto a entidades públicas -como el Banco Europeo de Inversiones o los bancos nacionales de fomento-.
Modificaciones de las normas de Solvencia II
El sector asegurador europeo gestiona unos 10 billones de euros en activos y es un inversor institucional clave.
Las modificaciones del Reglamento Delegado Solvencia II fomentan las inversiones a largo plazo al aumentar la capacidad de inversión de las aseguradoras. Esto les permitirá asignar más capital a la financiación de la economía real, manteniendo al mismo tiempo la solidez del marco jurídico y la protección de los asegurados. Por ejemplo, el Reglamento Delegado incluye un tratamiento específico para las inversiones de capital a largo plazo por parte de las aseguradoras, con el fin de fomentar la financiación de las empresas europeas y facilitar su acceso a capital estable y a largo plazo, incluso a través de capital privado y capital riesgo.
Para apoyar las prioridades estratégicas de la UE, como las transiciones ecológica y digital o los proyectos de seguridad y defensa, también se introduce un nuevo trato preferencial para las inversiones de capital de las aseguradoras en el marco de programas legislativos en los que intervienen subvenciones y garantías públicas. La armonización con las normas bancarias sobre programas legislativos en lo que respecta a los criterios de admisibilidad garantiza la seguridad jurídica y la previsibilidad tanto para los inversores públicos como para los privados.
La revisión del Reglamento Delegado Solvencia II también elimina costes prudenciales innecesarios para las aseguradoras cuando invierten en titulización. Este es uno de los cuatro resultados del paquete de titulización adoptado en junio de 2025 con el fin de reactivar el mercado de titulización de la UE.
Las modificaciones del Reglamento Delegado Solvencia II preservarán la capacidad de las aseguradoras para ofrecer seguros de vida a largo plazo y productos de pensiones, haciendo que el marco prudencial sea más propicio para el negocio de seguros a largo plazo basados en garantías. Ciertos tipos de pólizas de seguro de vida tienen un objetivo deinversión , ayudando a los ciudadanos a obtener mejores rendimientos de sus ahorros y a mejorar su bienestar financiero.
La revisión también reduce las cargas administrativas racionalizando los requisitos de información y divulgación, eliminando solapamientos con otras normas de la UE e introduciendo más proporcionalidad para las aseguradoras con modelos de negocio sencillos.
Programas legislativos del Reglamento sobre requisitos de capital
La Comunicación adoptada hoy ofrece orientaciones sobre la manera en que los bancos pueden beneficiarse de un tratamiento prudencial más favorable con arreglo al Reglamento sobre requisitos de capital (RRC) cuando invierten en capital a través de programas legislativos, es decir, sistemas estructurados de inversión pública establecidos en virtud de la legislación nacional o de la UE. Estos programas, que combinan el respaldo público (como garantías o coinversión) con la financiación privada y mecanismos claros de supervisión, apoyan sectores que son fundamentales para la competitividad y la seguridad de Europa, como las tecnologías limpias, la innovación digital y la defensa.
Al aclarar cómo se aplica el artículo 133, apartado 5, del RRC, las orientaciones promueven una aplicación coherente y transparente en todo el mercado único. Los bancos que inviertan en el marco de programas legislativos admisibles podrán aplicar una menor exigencia de capital a estas exposiciones, lo que reflejará su menor riesgo, manteniendo al mismo tiempo sólidas salvaguardias de supervisión y estabilidad financiera.
Esta iniciativa facilita a las empresas de la UE el acceso a la financiación de capital. También es un paso importante hacia un mercado de capitales de la UE más integrado y diversificado, en consonancia con los objetivos establecidos en la Brújula de la Competitividad y el programa de inversiones más amplio de la Comisión en el marco del SIU.
La Comisión ha creado un registro público de programas legislativos, disponible en el sitio web de la DG FISMA.
Antecedentes
En marzo de 2025, la Comisión adoptó la Comunicación sobre la Unión del Ahorro y la Inversión (UIA), que establece un programa global para profundizar los mercados de capitales europeos y movilizar más capital privado en apoyo de las prioridades de la UE. Las medidas adoptadas hoy -el Acto Delegado Solvencia II y la Comunicación sobre los programas legislativos en el marco del RRC- forman parte de los resultados de esta iniciativa.
Próximos pasos
El acto delegado modificativo de Solvencia II está sujeto al examen del Parlamento Europeo y del Consejo durante un período máximo de tres meses. Este plazo puede prorrogarse tres meses a petición del Parlamento Europeo o del Consejo.
Las modificaciones del Reglamento Delegado Solvencia II se aplicarán al mismo tiempo que la Directiva (UE) 2025/2, es decir, a partir del 30 de enero de 2027.
Para más información: Comisión Europea


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