El pasado 22 de julio, la Comisión Europea concluyó las comprobaciones de admisibilidad de las solicitudes de registro de dos Iniciativas Ciudadanas Europeas (ICE) tituladas: «Stop Killing The Internet: No Digital ID & No Age Verification» y «Save Europe Act».
La Comisión ha registrado la iniciativa «Stop Killing The Internet: No Digital ID & No Age Verification». Los organizadores«piden a la Comisión Europea que proponga una legislación que garantice que los sistemas de identidad digital y de verificación de la edad utilizados para acceder a los servicios en línea en la Unión sigan siendo voluntarios, respeten la privacidad y no sean discriminatorios». Dado que esta iniciativa cumple los requisitos formales establecidos en el Reglamento sobre la Iniciativa Ciudadana Europea, la Comisión la considera legalmente admisible.
Los organizadores de la iniciativa disponen ahora de seis meses para iniciar el período de recogida de firmas, de 12 meses de duración. El registro no influye en la decisión final de la Comisión sobre el fondo de la cuestión, ni en ninguna medida que pueda adoptar. La Comisión adoptará una decisión definitiva sobre la iniciativa únicamente si se recogen al menos un millón de firmas válidas de ciudadanos de la UE, habiéndose alcanzado el número mínimo requerido en al menos siete Estados miembros.
La Iniciativa de los Ciudadanos de la Unión Europea titulada «Save Europe Act» insta a la Comisión a «proponer un acto de la Unión por el que se establezca una moratoria temporal sobre las nuevas vías de inmigración no occidentales, incluidos los visados de estudios y de reagrupación familiar, al tiempo que se reforma de manera fundamental el sistema de migración y asilo de la UE». Los organizadores proponen definir esta moratoria basándose en la «continuidad étnica y cultural» delos «pueblos autóctonos de Europa» frente a lo que la iniciativa califica de «sustitución demográfica» por parte de migrantes «no occidentales» y «no europeos».
La Comisión concluyó que esta iniciativa no cumple las condiciones formales establecidas en el Reglamento sobre la Iniciativa Ciudadana Europea. Para cumplir las condiciones de registro, una Iniciativa Ciudadana Europea no puede ser manifiestamente contraria a los valores consagrados en el Tratado y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. La iniciativa debe contener una propuesta genuina y no utilizarse como vehículo para transmitir mensajes ofensivos o caricaturescos. Además, tampoco debe quedar fuera de las competencias de la Comisión para presentar una propuesta de acto jurídico, tal y como le confieren los Tratados.
La Comisión consideró que los criterios en los que se basaría la moratoria propuesta constituirían una discriminación por motivos de raza y origen étnico. Esto se debe a que la moratoria propuesta se basaría en el origen étnico, cultural o civilizacional de las personas afectadas, sin tener en cuenta el requisito de una evaluación individual y caso por caso con arreglo al marco jurídico aplicable. Por lo tanto, esta iniciativa es manifiestamente contraria a los valores de la Unión tal y como se establecen en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea (TUE), el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la jurisprudencia consolidada. En consecuencia, esta iniciativa no puede registrarse.
En esta fase, la Comisión solo ha evaluado si las dos iniciativas cumplen los requisitos legales para su registro con arreglo al Reglamento sobre la Iniciativa Ciudadana Europea. La Comisión no analiza los méritos políticos de la Iniciativa Ciudadana Europea en la fase de verificación de la admisibilidad.
Contexto
La Iniciativa Ciudadana Europea (ICE) se introdujo con el Tratado de Lisboa como herramienta para que los ciudadanos marcaran la agenda. Se puso en marcha oficialmente en abril de 2012. Una vez registrada formalmente, una Iniciativa Ciudadana Europea permite que un millón de ciudadanos de al menos siete Estados miembros de la UE inviten a la Comisión Europea a proponer actos jurídicos en ámbitos en los que esta tiene competencia para actuar. Las condiciones de admisibilidad son: (1) que la acción propuesta no quede manifiestamente fuera del marco de las competencias de la Comisión para presentar una propuesta legislativa, (2) no sea manifiestamente abusiva, frívola o vejatoria, y (3) no sea manifiestamente contraria a los valores de la Unión, tal y como se establecen en el artículo 2 del TUE, ni a los derechos consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
El registro de una ICE no influye en la decisión final de la Comisión sobre el fondo de la misma, ni en cualquier medida que pueda adoptar. La Comisión solo tomará una decisión sobre la iniciativa si esta recaba al menos un millón de firmas válidas de ciudadanos de la UE.
Desde la puesta en marcha de la Iniciativa Ciudadana Europea, la Comisión ha registrado 135 iniciativas.
El contenido de las iniciativas solo expresa las opiniones de sus organizadores y en ningún caso puede considerarse que refleje las opiniones de la Comisión.
Para más información: Comisión Europea







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